La justicia alemana dictó ayer una sentencia a favor de un inquilino, que presentó una demanda contra el arrendador de su vivienda que le reclamaba 1.900 euros por haber orinado de pie y dañado con ello el suelo de mármol del lavabo con las salpicaduras. La Audiencia de Düsseldorf dictaminó que orinar de pie es un hábito «generalizado» y que, en cambio, los daños que pueda originar en el suelo son «apenas conocidos».

Según reza la sentencia, «alguien que siga haciendo sus necesidades de la manera que antes era la más practicada debe esperar conflictos con el resto de habitantes de la vivienda, especialmente si son mujeres, pero no por ello debe cambiar su conducta».