La sección segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado a Jonás Q. T. a 24 años de cárcel por el asesinato de un vecino de El Palmar, que era como «su segundo padre», el 28 de octubre de 2012. El acusado ya fue considerado culpable por el jurado que lo juzgó el pasado mes de abril.

La pena de 24 años de cárcel se corresponde a 16 años por un «delito de asesinato consumado» de José Luis V. M., más ocho años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa de la compañera sentimental del fallecido, María R. U., a la que los disparos causaron graves lesiones de las que aún tiene secuelas. Jonás Q. T. tampoco podrá acercarse a menos de 300 metros de la mujer hasta ocho años después de haber cumplido ambas penas de forma simultánea. La sentencia no se pronuncia sobre la petición de la Fiscalía y la acusación particular de prohibir al acusado volver a la pedanía de El Palmar cuando cumpla la pena de cárcel.

El fallo tampoco alberga dudas sobre la intencionalidad del acusado, Jonás Q. T., de acabar con la vida de su vecino que era «como su segundo padre». Incluso añade que el condenado actuó con «alevosía» por el «modo, lugar, escenario e instrumento utilizado por Jonás para la agresión, sorprendiendo a ambos tras haberse aprovechado del conocimiento y distribución en el lugar del crimen, ocultado en la oscuridad de la noche y disparando inesperada y repentinamente contra uno y otro». Para José Luis y María fue «imposible defenderse», asegura el magistrado que presidió el tribunal y ha redactado el fallo, José María Tomás y Tío.

La sentencia también desestima que la «leve adicción a la cocaína» de Jonás y el consumo de benzodiazepinas afectara a su capacidad de raciocinio y pueda considerarse una «eximente». «Su comportamiento de arreglarse y volver al lugar de los hechos a preguntar por lo ocurrido y dar el pésame a la familia así lo acredita». Además, Jonás también fue capaz de «trasladarse al cuartel de Patraix conduciendo su propio vehículo» lo que «permite sospechar que no se le advirtió alteración alguna por el consumo de sustancias estupefacientes o alcohol y su relato coherente, fluido y preciso acaban evidenciando el conocimiento de la realidad sin alteración alguna, ni influencia sobre sus capacidades», señala la sentencia.

Por último, Jonás deberá indemnizar a María R. U. con 236.760 euros por las lesiones, secuelas y el perjuicio por la muerte de su compañero, además de abonar 25.000 euros a cada uno de los tres hijos de la víctima y otros 3.000 a cada uno de los dos hermanos del fallecido.