El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de la «Operación Gorrión» que absolvió a once personas, entre ellas dos guardias civiles del puesto de Tavernes Blanques, acusadas de colaborar con una red dedicada al tráfico de cocaína, tras declarar nulas las escuchas telefónicas y las demás pruebas derivadas de estas. El Tribunal ordena que se dicte nueva sentencia valorando el resultado de las intervenciones «realizadas de acuerdo con las exigencias constitucionales y legales previstas en el ordenamiento», según informaron ayer fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Como informó en su momento Levante-EMV, la absolución tuvo lugar a finales de julio del año pasado, cinco años después de que la Guardia Civil detuviese a dos de sus agentes en relación con un alijo de 60 kilos de cocaína en el puerto de Valencia. Se les relacionó con el cabecilla de la trama de narcotráfico, quien había sido antes confidente de los agentes. Posteriormente, según las acusaciones, se había beneficiado de los guardias, quienes supuestamente le habrían facilitado información confidencial para que la trama pudiese operar sin peligro. Según la acusación, los agentes habrían recibido vehículos de alta gama por informar por ejemplo de las matrículas de coches camuflados en el puerto. La nulidad ordenada por la Audiencia de Valencia también afectó a otros seis acusados, entre ellos el citado cabecilla, y un expolicía de Pedralba que sí fueron condenados al admitir en el juicio su participación en los hechos.

Los magistrados estiman el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia al considerar que el auto que acordó las intervenciones estaba suficientemente motivado y proporcionado.

La Sala Segunda indica que la resolución que autorizó las escuchas «cumple con las exigencias de judicialidad, proporcionalidad y necesidad precisas para poder ser integradas en el acervo probatorio de la causa debiendo proceder a su valoración para conformar una convicción judicial sobre los hechos y la participación de los acusados».