En abril de 1996 el dueño de una panadería de Requena mató de un disparo en el cuello a su esposa tras sorprenderla en casa con un amigo de ambos en lo que él consideró que era una actitud comprometida. Un jurado popular lo condenó a solo seis años de cárcel, de los que apenas cumplió tres por los beneficios penitenciarios, al aplicarle la eximente incompleta de trastorno mental transitorio y la atenuante de arrebato. Eran otros tiempos en los que la violencia machista no era contemplada en el Código Penal como tal y los juicios a maltratadores y asesinos de mujeres se convertían más en un interrogatorio sobre si la víctima le había sido infiel o no, como si ello importara, y los condenados lograban extraordinarias rebajas en sus penas amparados en la llamada celotipia.

Veinte años después esta misma persona vuelve a sentarse en el banquillo como acusado de los delitos de malos tratos habituales y violación a su actual compañera sentimental, por los que el Ministerio Fiscal solicita once años de cárcel. «Te voy a matar como a mi ex mujer», le dijo a su víctima mientras la cogía del cuello y trataba de estrangularla, según recoge el escrito del fiscal.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia juzga desde ayer a Julián G. C., de 70 años, por estos nuevos hechos violentos en los que la víctima vuelve a ser una mujer. Además de las continuas agresiones, de los insultos machistas y de las amenazas de muerte que marcaron esta nueva relación sentimental, el acusado violó en diversas ocasiones a su compañera empleando la violencia, hechos por los que también deberá responder ahora.

Amenazó con quemar la casa

Entre las agresiones relatadas por la víctima se encuentra una cuchillada en el abdomen que le causó éste en el año 2009, hecho que no denunció por miedo, o cómo en mayo de 2013 amenazó con prenderle fuego a su casa de Utiel con ella dentro. Aunque realmente los malos tratos, tanto físicos como psicológicos, comenzaron mucho antes, en 2003, solo cuatro años después de quedar en libertad por el crimen de su esposa, tras cumplir las tres cuartas partes de la pena de seis años impuesta por un juzgado popular y ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La sentencia consideró en su día que cuando Julián le descerrajó a su mujer un tiro de escopeta en el cuello a un metro y medio de distancia, después de encontrarla con un amigo que estaba ayudándoles en unas obras, éste «tenía sus facultades mentales sensiblemente afectadas y actuó en un estado de arrebato». Con la Ley Integral de la Violencia contra la Mujer funcionando desde 2004, hoy en día esta excusa barata no le hubiera valido como eximente.