El cabo del Ejército de Tierra, vinculado con un grupo neonazi, juzgado por maltratar de forma continuada a su pareja „también militar„, violarla y someterla a humillaciones entre sus compañeros, ha sido condenado a solo dos años de prisión por los delitos de trato degradante y amenazas. Inicialmente el Ministerio Fiscal solicitaba para el acusado penas que ascendían a los 38 años de cárcel. No obstante, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia no ha encontrado elementos probatorios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia respecto a las agresiones relatadas por la víctima.

«Este Tribunal echa en falta elementos objetivos de corroboración periférica del testimonio de la víctima», especifica la sentencia haciendo referencia a los episodios violentos que denunciaba la agredida ocurridos entre septiembre de 2011 y marzo de 2014. De hecho, los únicos incidentes acreditados como hechos probados son unas amenazas presenciadas por la madre de la víctima, quien sorprendió al acusado alzando una figura de una Torre Eiffel mientras su hija acurrucada y pálida estaba atemorizada para que no le golpeara.

Asimismo, la sala considera probado que en marzo de 2013 el acusado le cortó la coleta a su novia en el coche como «una especie de purificación», al creer que había tenido relaciones con otros hombres. La sentencia considera que dicha acción, a la vez que insultaba a su pareja «con todo tipo de expresiones que la RAE recoge con el término de prostituta», «implican la intención de doblegar la voluntad de la víctima, de envilecerla y humillarla, desproveyéndola de un signo distintivo y característico de su personalidad».

Esto sería constitutivo de un delito de trato degradante, por el que condena al acusado a un año y tres meses de prisión. Además, a esta pena se le suman nueve meses de cárcel más por el delito de amenazas.

«A pesar de la dificultad probatoria que entrañan este tipo de procedimientos, en los que el propio miedo y trauma de la víctima condiciona sus declaraciones, hemos conseguido que se condene el trato denigratorio padecido por la víctima, así como las amenazas sufridas por ésta», afirma Armando Galán, del despacho AGR Legal encargado de la acusación particular. Asimismo, el letrado destacó la imposición de la orden de alejamiento, que permitirá a la agredida «rehacer su vida después del infierno que padeció en silencio».