El expresidente de una escuela coral del área metropolitana de València detenido en septiembre de 2016 por abusos sexuales sobre al menos cinco alumnos menores de la escuela musical acaba de ser condenado por acercarse a uno de los niños, precisamente cuando entraba en la sede de la coral. Sucedió el pasado 4 de noviembre, trece meses y medio después de que el juez le impusiera una orden que le impedía acercarse al niño o a cualquiera de los lugares que el menor frecuenta en su día a día. Aún así, lo hizo. Ahora, el juez le ha condenado a 20 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, lo que equivale a 3.600 euros, 2.400 menos de los que pedía la Fiscalía.

La condena, tal como adelantó ayer Radio Nacional de España, fue dictada el pasado 14 de diciembre por el Juzgado de lo Penal número 2 de València. El acusado, R. C. L., 54 años -Levante-EMV omite deliberadamente su identidad y el nombre del municipio donde se ubica la coral para proteger por completo la identidad de las víctimas-, fue denunciado por los padres del menor después de que se acercara "en actitud amenazante" al padre de otro de los niños justo cuando todos ellos se encontraban a la puerta de la escuela coral porque era la hora de entrada.

El juez no sólo considera probado que R. C. L. "ejecutó voluntaria y directamente" el quebrantamiento de la orden judicial que protegía al niño, sino que además "lleva a cabo la continua vulneración de la orden, al parecer, desde su dictado", si bien reconoce que esa continuidad no es "objeto de acusación" en este procedimiento.

Paseando al perro

El condenado trató de justificarse ante el juez cambiando la hora del incidente -la retrasó un cuarto de hora y la fijó cuando los niños ya estaban dentro, pero la madre guardó las llamadas al padre que atestiguan que todo sucedió a las 9.45 horas- y alegando que tiene por costumbre ("al parecer inamovible", matiza el juez en tono sarcástico) pasear a su perro todos los sábados a esa hora y por un recorrido ("imprescindible", sigue el magistrado) que le lleva a pasar por la escuela coral.

El acusado vive, según ha reconocido él mismo, a 21 metros de esa escuela de la que fue presidente durante 24 años. Y admite que no ha cambiado su domicilio ni ha alterado el camino con su perro para ir hasta el río a pesar de que eso le lleva a pasar por la puerta misma de la escuela, aún habiendo trayectos alternativos y siendo la coral uno de los puntos que tiene expresamente prohibidos en la orden de alejamiento al tratarse de uno de los lugares que frecuenta la víctima. El menor es precisamente el primero que denunció los abusos, en el verano de 2016, cuando supuestamente lo sometió a tocamientos durante un viaje escolar a Viena.

El juez desmonta todas sus alegaciones y entiende que es al acusado a quien "corresponde mantenerse alejado de la víctima en los términos acordados sin tentar a la suerte y dejar al azar que por cuestión de minutos no provoque un encuentro taxativamente prohibido por la autoridad judicial", por lo que demostró "una búsqueda voluntaria y consciente de la cercanía de la persona protegida", máxime "atendiendo a la edad del menor" y al "tipo de procedimiento" (abusos sexuales), matiza en otro momento de la sentencia el juez. Además, le condena al pago de todas las costas y honorarios de los letrados.