Se aprovecharon del estado de indefensión de una chica a la que ofrecieron cocaína, cuya mezcla con el alcohol dejó «mermada considerablemente su capacidad de reacción», y la violaron. Primero uno por vía vaginal. «Ale, yo ya he terminado», frase que recordaba la víctima en el juicio. Y luego el otro, que la obligó a hacerle una felación. Todo ello dentro de un coche junto a una conocida discoteca de València y pese a la negativa de la joven de 25 años. «¡Qué me estáis haciendo, cabrones!», les dijo según figura probado en la sentencia. Otros dos amigos se bajaron del vehículo antes de producirse la agresión y únicamente declararon como testigos.

La Audiencia Provincial de València condena ahora a los dos autores de un delito de abusos sexuales con penetración a sendas penas de cuatro años de prisión, la mitad de los ocho que solicitaba el Ministerio Fiscal y muy lejos de los quince años de cárcel que pedía la acusación particular por un delito de agresión sexual.

En una discoteca de València

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 13 de diciembre de 2015 cuando la víctima se encontraba con una amiga en una discoteca de València. Ambas habían consumido una botella de vino blanco en la cena, unos chupitos de Jägermeister y una copa de ron con cola, según aclara la sentencia. Un grupo de amigos les propusieron «de manera insistente» que les acompañaran al vehículo a seguir bebiendo y, aunque inicialmente la joven se negó, acabó yendo con ellos «creyendo que detrás iría su amiga».

Una vez en el coche le ofrecieron cocaína, que esnifó «perdiendo el sentido de la realidad con gran confusión y pérdida de su capacidad de reacción». Los acusados alegaron en el juicio que la droga la portaba la víctima, no obstante sus dos amigos, que estaban en los asientos delanteros del coche, modificaron su testimonio y aseguraron no recordar quién llevaba la cocaína cuando el fiscal les remarcó que estaban bajo juramento.

Respecto a las contradicciones en el testimonio de la víctima que apreció la defensa de los acusados, ejercida por el letrado José Antonio Prieto, la Sala atribuye las mismas al hecho de que «las víctimas de agresión sexual, por los episodios tan traumáticos que se ven forzadas a vivir, pueden experimentar a la hora de recordar esas vivencias algunas lagunas por el deseo de desterrarlas de su mente, así como imprecisiones».

De hecho, el fallo puntualiza que el relato incriminatorio de la joven «es claramente espontáneo, creíble, sólido, contundente, sin fisuras en lo concerniente a los hechos esenciales y persistente». Su testimonio fue corroborado por otras pruebas, como las lesiones apreciadas por el forense y el visionado de las cámaras donde se ve cómo se la llevan del brazo «tambaleándose».

Asimismo tampoco se aprecia un resentimiento o enemistad previa. Es más, la agredida ni siquiera quería denunciar lo ocurrido y se sentía culpable por no haber podido huir. Desde entonces sufre pesadillas y «ha perdido la seguridad en sí misma».