Un juzgado de València acaba de condenar a un hombre por un nuevo incidente racista, que se suma al vivido hace apenas dos semanas en la plaza del Ayuntamiento de València, cuando un hombre, que fue detenido por la Policía Local, insultó y amenazó a dos mujeres bolivianas por el mero hecho de ser extranjeras.

La condena impuesta ahora por el Juzgado de Instrucción número 7 de València es consecuencia de unos hechos ocurridos el pasado 5 de diciembre en una calle de la ciudad, cuando el ahora condenado fue sorprendido tomando fotografías a unos menores con su teléfono móvil.

El padre de los niños, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Levante-EMV, recriminó al desconocido que estuviera grabando o tomando imágenes de sus hijos, lo que originó una discusión entre ellos durante la cual el supuesto agresor le lanzó insultos racistas y le pegó. De hecho, la sentencia recoge que «le dirigió expresiones como 'negro de mierda' repetidas veces y terminó golpeándolo». Además, le rompió el móvil al lanzarlo al suelo, así como el espejo retrovisor de su furgoneta, en el momento en que el agredido se iba del lugar para proteger a sus hijos.

La víctima denunció los hechos y el juicio se celebró tiempo después en el citado juzgado de Instrucción de València. Aunque la fiscalía no introdujo la agravante 22.4 de discriminación, en este caso, por motivaciones racistas, sí lo solicitó la acusación particular, ejercida por la letrada Pilar Serrano de València Acoge/València Acull.

El juez, en su sentencia, considera dentro de los fundamentos de derecho que las frases vejatorias dirigidas al denunciante en las que le llamó en repetidas ocasiones «negro de mierda» deben ser agravadas con la circunstancia de discriminación «dado que no se detecta otra motivación» que la racista, sobre todo, teniendo en cuenta «la insistencia y el tono de los insultos». Para vencer la presunción de inocencia del denunciado, el juez destaca que ha sido fundamental no solo su reconocimiento de parte de los hechos, sino, sobre todo, la declaración de un testigo, sin vinculación con ninguno de los dos, que «describió exactamente los hechos, coincidiendo con lo expuesto en la denuncia».

Así las cosas, el juez ha condenado al denunciado por un delito leve de lesiones a la pena de 60 días de multa con una cuota diaria de 10 euros y por otro de daños a la de 90 días con igual cuota d e10 euros al día. Además, deberá indemnizar a la víctima por las lesiones y daños sufridos a pagar 318,69 euros.