«Prevaliéndose de su condición de ministro de culto», y aprovechando el momento en el que se quedaba a solas con la menor, «la llevó a una zona contigua de la iglesia», y después de recriminarle su forma de vestir abusó de ella. Fue el primer acercamiento sexual a su víctima en el verano de 2015 cuando ésta apenas tenía catorce años de edad, aunque no sería el único. Así lo considera probado la Audiencia Provincial de València, que condena a un pastor de la Iglesia Pentecostal de una localidad de la Ribera a cinco años y medio de prisión por un delito continuado de abusos sexuales.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ratificado ahora la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por el condenado, de 37 años y nacionalidad colombiana. En la misma se le impone además de la pena de cinco años y seis meses de cárcel, diez años de prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de su víctima y diez años de libertad vigilada. Asimismo se le prohibe desempeñar cualquier actividad o profesión que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de diez años, y la obligación de participar en programas de educación sexual.

La sentencia ahora confirmada por el TSJ de la Comunitat Valenciana fija también una indemnización de 10.000 euros por los daños morales a la menor, quien padece secuelas psicológicas como consecuencia de los abusos sexuales sufridos, como «pesadillas, irritabilidad, ausencias, sentimientos de culpabilidad, tristeza y rechazo a aspectos relacionados con el cristianismo, e interferencia en su desarrollo psicosocial». Como responsable civil subsidiario tendrá que responder la Iglesia Pentecostal Unida en Europa, a la que pertenece el condenado como ministro de culto.

Los abusos comenzaron en el verano del año 2015. La menor, que en aquellas fechas tenía catorce años, acudía al culto regularmente, en compañía de sus padres y amigos, a una iglesia de un municipio de la Ribera que este periódico no revela para preservar el anonimato de la víctima.

La sentencia recoge varios episodios en los que el pastor, «aprovechando la confianza que le otorgaba su condición de ministro de culto respecto de la menor, con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos» le realizó tocamientos en sus partes íntimas, la besaba en la boca y en los pechos y otros abusos de esta índole pese a que en varias ocasiones la adolescente le pedía que parara.

Los abusos se producían en la zona contigua a la iglesia o, en las navidades de 2015, cuando iban solos los dos en el vehículo. De hecho, según detalla la sentencia, en muchas ocasiones el pastor condenado aprovechaba que la menor no tenía transporte para acudir al culto y la llevaba de regreso a casa, en una localidad próxima junto a otros jóvenes. Así «la dejaba la última para realizar el viaje a solas con ella y le realizaba tocamientos en el portal de su casa».

La madre de la menor denunció los hechos ante la Guardia Civil en octubre de 2016 y los letrados Francisco Javier García Barba y María Isabel Vázquez se hicieron cargo de la acusación particular. La sentencia remarca que el relato de la víctima ha sido «coherente y constante» y «las pruebas periféricas sirvieron para la ratificación de su declaración». Todo ello unido a la ausencia de móvil espúreo, lo convierte en un prueba de cargo válida para enervar la presunción de inocencia del acusado.