La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de València ha condenado a cinco años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales al educador de un centro de acogida de València juzgado por abusar de una menor tutelada por la Generalitat que estaba interna en el centro en el que prestaba sus servicios en el turno de noche. La Sala considera probado que el acusado, exmarido de la responsable de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, realizó tocamientos a la niña de catorce años tras entrar en su habitación por las noches. Pese a las graves acusaciones que pesaban sobre él, el ahora condenado ha seguido trabajando en contacto con menores en este mismo centro de València, como ya adelantó en su día Levante-EMV.

Luis Eduardo R. I. defendió en el juicio su inocencia y argumentó que solo le había realizado masajes en el cuero cabelludo para tranquilizarla por las noches. Por su parte, la víctima, que fue trasladada al juicio esposada, mantuvo su testimonio y denunció los abusos sexuales sufridos en fechas anteriores a enero de 2017.

Tras evaluar la verosimilitud de su relato, la persistencia en la incriminación y la ausencia de un móvil espurio o resentimiento, la sentencia considera veraz la declaración de la víctima como prueba de cargo contra el procesado.

En el fallo, sobre el que cabe recurso, también se señala la situación "institucionalizada" de la menor, quien desde los cuatro años se encuentra tutelada por la Generalitat y ha pasado por varios centros de menores. De igual modo la juez se muestra especialmente crítica por el trato que recibió la víctima, que fue llevada al juicio y permaneció así en los pasillos del juzgado esposada como si se tratara de una delincuente, según la policía ante el riesgo de fuga.

La menor pensaba que no la iban a creer

La sentencia recoge que en la fecha de los hechos el acusado "mantenía en la fecha de los hechos una relación de parentesco con un alto cargo de la Generalitat, algo que era conocido por todos en el centro, lo que representaba para la menor una dificultad añadida a la hora de formular la denuncia ante el temor de que no sería creída".

Respecto a la credibilidad subjetiva de la menor, la sentencia remarca que "ninguna razón se nos antoja para dudar de la misma". Así, no se aprecia animadversión alguna de la víctima hacia el denunciado. De hecho, según declaró la adolescente, su educador "le caía bien y le sigue cayendo bien, pero cree que no debería haber hecho lo que hizo". De igual modo el acusado también reconoció que la relación con la niña era buena.

Se hace hincapié en la falta de interés de la menor en perjudicar al acusado, que demuestra el hecho de que el proceso se inicie por una denuncia de la Fiscalía el 27 de julio de 2017, y las muchas reticencias de la menor a interponer denuncia e incluso a comparecer al juicio, que tuvo que ser aplazado en varias ocasiones por este motivo.

Hechos probados

Según los hechos declarados probados, los abusos sexuales se produjeron en fechas no concretadas entre finales de 2016 y enero de 2017 cuando el acusado prestaba sus servicios en el turno de noche vigilando a los menores internos en un centro de València cuyo nombre omite este periódico para preservar el anonimato de la víctima. El procesado «guiado por la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales» realizó tocamientos a una de las menores del centro, que en esos momentos tenía sólo catorce años, cuando ésta requería la presencia del educador para que le hiciera compañía.

Ha resultado clave el informe de la Unidad de Psicología Forense del Instituto de Medicina Legal de València, que dio total credibilidad al testimonio de la chica. La experta no apreció contradicciones en el relato de la menor.

Respecto a la declaración de la directora del centro donde se produjeron los abusos, la presidenta del Tribunal cuestiona cómo "una vez recibida la noticia de los presuntos abusos a la menor por parte de un educador, ésta no le preguntara a la menor sobre tales episodios sino tan solo sobre las razones por las cuales la misma quería abandonar el centro".

Además de una pena de cinco años de prisión se le imponen cinco más de libertad vigilada. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a su víctima con 6.000 euros. Asimismo deberá participar en cursos formativos de educación sexual y se le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión que conlleve contacto con menores durante un plazo de diez años.