La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 20 años de prisión a un hombre que asesinó el 16 de julio de 2017 a su pareja, Irina Granovskaia, de 39 años y origen ruso, en València. El condenado le propinó una brutal paliza, y después la estranguló y asfixió con una almohada cuando su víctima se hallaba aturdida por los golpes.

Sin embargo, la sentencia le absuelve del delito de incendio por el que también estaba acusado, después de que regresara a la vivienda y prendiera fuego a la habitación para eliminar vestigios, dejando solo en una hamburguesería próxima al hijo de su víctima - de siete años-, al que trató de utilizar de coartada. Asimismo, el jurado popular tampoco apreció la agravante de género, tal y como adelantó Levante-EMV tras conocerse el veredicto, pese a tratarse de un claro crimen machista.

Según refleja la sentencia, los miembros del jurado no apreciaron dicha circunstancia agravante “al no considerar acreditado que el acusado cometiera los hechos por desprecio absoluto a su condición de mujer, con el deseo de dejar patente su sentimiento de superioridad sobre ella”. Lo que sí que se contempla es la agravante de parentesco, por la relación que mantenían análoga al matrimonio.

Asimismo, en concepto de responsabilidad civil se le impone la obligación de indemnizar con 160.000 euros al hijo menor de edad de la víctima y con algo más de 95.000 euros en total al padre y tres hermanas de ella.

El crimen se produjo entre las 14.00 y las 15.30 horas del 16 de julio de 2017 en el domicilio familiar, en la ciudad de Valencia, cuando el hombre propinó múltiples golpes a su compañera sentimental en la cara, la cabeza y otras partes del cuerpo que le fracturaron varios huesos. Después, aprovechando que había quedado aturdida por los golpes, se colocó encima de ella, le puso una rodilla sobre el tórax y la estranguló con sus propias manos hasta fracturarle la laringe. Finalmente, para asegurarse de que acababa con su vida, la asfixió con una almohada.

El asesino se marchó de la vivienda con el hijo de la víctima, que en ese momento tenía 7 años, a una hamburguesería próxima y le dejó allí comiendo para regresar de nuevo al domicilio y prender fuego a la habitación donde yacía la fallecida.

En el piso vivía otro inquilino que se despertó por los maullidos de un gato y los golpes que daba la policía al intentar echar la puerta abajo, por lo que pudo salir del inmueble a tiempo.

Tras el veredicto del jurado, que lo declaraba inocente del delito de incendio, la Fiscalía rebajó a 19 años su petición de pena, mientras que la acusación particular, ejercida por el letrado Ignacio Amat, solicitaba veinte años, pena que finalmente le ha impuesto la Audiencia Provincial al acusado, como autor de un delito de asesinato con alevosía y agravante de parentesco “en atención a la gravedad y brutalidad del ataque” y al hecho de que lo cometió en la “intimidad del domicilio familiar”, lo que privó a la víctima de ser auxiliada.

Respecto al delito de incendio se le absuelve después de que fuera exculpado del mismo por el jurado, que no consideró probado que el asesino fuera consciente de que el inquilino con quien convivía la pareja se hallaba dentro de su habitación ni de que el edificio y los alrededores estaban habitados en esos momentos.