Una pena de 18 años de cárcel. Ese era el castigo al que se enfrentaba un joven acusado de retener durante días -durante casi un mes según la víctima- y agredir sexualmente de forma continuada a una menor de 17 años. La Audiencia Provincial de València le absuelve de todos los cargos «al no existir prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia» después de que todos los testigos, incluida la propia policía, desmontaran durante la vista oral la versión del supuesto secuestro que mantenía la víctima.

No obstante, la defensa del procesado critica que la sentencia, pese a contar con todo el material probatorio, no se pronuncie sobre la supuesta denuncia falsa. «Se manda el mensaje en violencia de género de que quien denuncia por motivos espurios faltando gravemente a la verdad, en el peor de los casos saldrá gratis pues acabará con un 'no ha quedado acreditado'», lamenta el letrado Francisco Canet. Asimismo considera que el relato «esperpéntico e inverosímil» de la supuesta agredida jamás debía de haber llegado a juicio, siendo «una falta de respeto hacia las verdaderas víctimas de la violencia machista y la propia Ley de Violencia de Género».

El fallo también absuelve a la madre del joven, que estaba acusada como cómplice de la detención ilegal. De hecho, la sentencia aclara que de las pruebas testificales practicadas no ha quedado acreditado en modo alguno que la menor estuviera retenida en contra de su voluntad. «Nadie la oye pedir auxilio, -durante los 20 a 30 días que asegura haber estado secuestrada-, se la ve entrar y salir de la casa con el acusado de forma totalmente normal», e incluso viajan a un municipio de Córdoba con los padres de ella y viven en su casa hasta que vuelven a València sin problemas.

Además, según refrendaron las asistentas sociales que declararon como testigos en el juicio, el 11 de marzo de 2016 -cuando supuestamente estaba secuestrada-, ambos jóvenes acudieron juntos a los servicios sociales para solicitar una ayuda como pareja.

Ausencia de credibilidad

Respecto al delito continuado de violación la mera declaración de la víctima puede ser considerada prueba de cargo suficiente, siempre y cuando cumpla una serie de parámetros. Por un lado, la ausencia de incredibilidad subjetiva, que en este caso los testigos desmontan totalmente. Además, especialmente relevante para la sala fue que la joven rehusara durante la fase de instrucción, en reiteradas ocasiones, ser explorada por las psicólogas forenses que debían evaluar la credibilidad de su relato.

El testimonio de la víctima tampoco cumple el principio de verosimilitud «al no existir corroboraciones periféricas de carácter objetivo». Y respecto al tercer punto, la persistencia en la incriminación, la menor incurre en varias contradicciones, como el hecho de reconocer ante la policía que eran novios y después negarlo y asegurar que le había quitado el teléfono y luego referirse a la tarjeta SIM del mismo. El fallo entiende que la menor formuló la denuncia cuando el acusado se negó a volver con ella.

«No existe prueba alguna de la violencia narrada por la denunciante», remarca el ponente, ni en un parte médico ni en la inspección ocular que realizó en el inmueble del Cabanyal donde supuestamente la tenía retenida en contra de su voluntad, según la denunciante. Asimismo, ningún vecino la escuchó pedir ayuda ninguno de los días que estuvo allí.

Aunque la Sección Primera de la Audiencia Provincial de València no deduce testimonio contra la denunciante, sí que recoge en la sentencia que «no es del todo extraño que el motivo de la denuncia fuera el mantenido por el acusado, que no quería seguir con ella y sus padres, de etnia gitana, consideraban que como ya había tenido relaciones sexuales con la menor se tenía que quedar con ella».