La fiscal del juicio por abusos contra el educador y exmarido de la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, dejó la puerta abierta ayer para que la víctima pueda reclamar por la vía civil una indemnización al considerar a la Conselleria de Igualdad (en manos de Oltra) como responsable civil subsidiaria por haber fallado a la hora de proteger a esta, cuando se trataba de una menor tutelada.

El ministerio público mantiene para el acusado la petición de cinco años de prisión por abusos agravados, ya que considera que se habría aprovechado de su condición de trabajador del turno de noche en el centro en el que estaba interna la víctima, de la especial vulnerabilidad de esta, de su desarraigo familiar, de la diferencia de edad y de su relación de confianza.

El juicio celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial quedó visto ayer para sentencia después de que se tuviera que repetir la prueba pericial al aparecer dos informes que no habían sido incluidos en la causa y que cuestionaban la credibilidad de la menor.

La Fiscalía calificó de tendenciosos dichos informes —uno elaborado por la propia conselleria y otro por el Instituto Espill a instancias del departamento que dirige Oltra cuando el caso estaba ya judicializado— que ponen en entredicho la credibilidad de la menor. Esta sí ha sido avalada por las psicólogas del Instituto de Medicina Legal de València, que han subrayado el hecho de que la víctima ha mantenido su relato en las once declaraciones prestadas.

El acusado, Luis Eduardo R. I., como ya hizo en la anterior vista oral cuya sentencia condenatoria tumbó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, dedicó el último turno de palabra para, con eufemismos, exponer como conflictivos y mentirosos a los menores tutelados. «Son niños muy difíciles, no quieren mentir por maldad, pero no tienen clara la barrera entre la realidad y la ficción», alegó el procesado.

Por su parte, la letrada de la defensa, Ana Cal, mantiene que la menor mintió con el único fin de salir del centro, y puso en duda la imparcialidad de la Sala, la misma que ya lo condenó en la sentencia anulada por el TSJ.