La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una mujer a un año y medio de cárcel por apuñalar a su hija tras mantener relaciones sexuales con su pareja sentimental.

Así se desprende de la sentencia, en la que el tribunal condena a la mujer por un delito de lesiones con uso de arma y le aplica la circunstancia de parentesco como agravante y las de atenuantes de arrebato u obcecación, confesión y reparación parcial del daño. Fiscalía le pedía trece años de prisión por un delito de asesinato en tentativa.

La mujer se personó el 5 de junio de 2018 en dependencias policiales para comunicar que sospechaba que su hija, de dieciséis años, desde hacía tiempo mantenía relaciones con su propia pareja. Seguidamente se exploró a la menor y ésta relató que con quince años, desde septiembre de 2017, había mantenido relaciones con la pareja de la madre.

El día 25 de junio de 2018, la madre, después de comer, recogió a su hija y ambas regresaron al domicilio familiar, donde mantuvieron una discusión. En el transcurso de la pelea, la mujer golpeó a la hija y, con la intención de acabar con su vida, cogió un cuchillo lo clavó en el cuello y en la espalda.

Al oír los golpes y gritos, la hija pequeña de la mujer y de su pareja, de doce años, que estaba en su habitación, acudió a la cocina y vio a su hermana sangrando en el suelo. Cogió el cuchillo y lo escondió en un barreño con ropa.

La madre llamó entonces al servicio de emergencias 112 e informó de que accidentalmente había clavado un cuchillo en la espalda de su hija menor de 16 años. En la vivienda se personaron agentes de Policía, que hallaron a la menor tumbada en el suelo, sobre un gran charco de sangre, semiinconsciente, y le taponaron la herida. Solicitaron un médico y trataron a la joven hasta que fue intervenida quirúrgicamente.

Sin embargo, el tribunal condena a la madre al afirmar que ésta actuó con ánimo de matar, "no pudiéndose negarse que actuó con conciencia del riesgo que creaba para la vida de la víctima y, a pesar de ello, ejecutó su acción, por lo que la conclusión correcta y única razonable es que estamos ante un delito de homicidio", expone.

Sin embargo, aprecia el desistimiento de la acción homicida al constatarse que dejó de agredir a su hija tras hendirle el cuchillo tres veces, que no le causaron la muerte inmediata por puro azar, y avisó de inmediato a los servicios de emergencias para que asistieran urgentemente a su hija.