Dos años y medio después de ser declarado inocente por un jurado popular del asesinato de Juan Pablo Langa, alias ‘el Tejo’, el joven de 25 años cuyo cadáver fue encontrado carbonizado y con un tiro en la cabeza en un descampado de Bonrepòs i Mirambell en mayo de 2004, el presunto asesino que en 2017 (trece años después del crimen ) se autoinculpó e incriminó a otros tres conocidos –también absueltos– vuelve a sentarse en el banquillo para repetir el juicio, aunque en esta ocasión la acusación solo se dirige contra él.

Los otros tres procesados absueltos por sentencia firme, que se enfrentaban a penas de entre 23 y 25 años, tendrán que declarar ahora en calidad de testigos. Se da la circunstancia de que podrían perfectamente ahora reconocer su participación en el asesinato, de hecho están obligados a decir la verdad al ser citados como testigos, y no les pasaría nada porque ya fueron juzgados en su día. En cambio de probarse que han mentido sí que se les podría deducir testimonio como autores de un delito de falso testimonio.

Ahí está la clave de este nuevo juicio, contar realmente lo que ocurrió el 28 de mayo de 2004, sabiendo que no te pueden condenar, pese a que incluso puedan llegar a admitir haber ejecutado a la víctima por una deuda de drogas, o seguir manteniendo la versión que dieron en la anterior vista oral, exponiéndose a una condena por falso testimonio si las pruebas demuestran posteriormente que mintieron como testigos. 

El que sí que tiene el derecho a no declarar y a decir solo aquello que le beneficie es el supuesto confeso arrepentido, José Ángel P., quien inicialmente se enfrentaba a diez años y nueve meses de cárcel por los delitos de asesinato, detención ilegal y robo con violencia, al contemplar la Fiscalía la atenuante muy cualificada de confesión.

No obstante, el hecho de retractarse en el anterior juicio, celebrado en noviembre 2019, y que ayer volviera a insistir en una serie de excusas ilógicas sobre su confesión en fase de instrucción –grabada y ante la presencia de representación letrada–, elimina cualquier posibilidad de atenuante de confesión en caso de que el jurado lo declare culpable.

«Me regalaron los oídos y les conté lo que querían oír», alega sobre su autoinculpación

El acusado, que solo quiso responder a las preguntas de su abogada, volvió a atribuir su confesión, realizada inicialmente a un policía del que era confidente, a una supuesta venganza contra los tres procesados absueltos, por rencillas con cada uno de ellos, que trató de explicar muy someramente. Que si un mal negocio que iba a abrir con uno de los acusados, problemas de dinero o una compraventa de un coche con un tercero en la que no medió su por entonces amigo. Motivos todos ellos irracionales para incriminar a alguien en un asesinato.

Asimismo, su defensa se basa en que dio información a los investigadores que luego resultó ser falsas o al menos no pudo ser probada. Según la versión del ahora confieso y ahora me desdigo, inicialmente solo le contó al policía y a los agentes de paisano de la Guardia Civil que lo entrevistaron «unos rumores que le habían llegado». Es más, sostiene que no le creyeron y que fue luego cuando le insistieron en que con eso no tenían nada, cuando llegó incluso a autoinculparse en el crimen. «Me regalaron los oídos y les conté lo que querían oír», alegó insinuando que los investigadores le prometieron solucionar hasta los problemas de la custodia de su hija de un año tras una separación problemática.

En la propia sentencia que absolvía a los cuatro acusados se reconocía como hecho probado que el ahora juzgado de nuevo y otro de los absueltos se apoderaron de droga y 3.000 euros haciendo uso de las llaves del domicilio del Tejo «que le habían arrebatado», lo que coincide con la confesión realizada en su día y mantenida a lo largo de toda la instrucción. La Audiencia Provincial consideró probado que José Ángel P. «consciente de que adeudaba al ‘Tejo’ una importante cantidad de dinero derivada del tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, ideó un plan para apoderarse del dinero y drogas que éste pudiera ocultar en su domicilio», sin embargo los absolvía a todos del asesinato y del resto de delitos al sostener que «no hay suficientes elementos externos que lo corroboren».

La Fiscalía recurrió el fallo al entender que la motivación del veredicto del jurado era «irrazonable y arbitraria» en base a los hechos declarados probados, especialmente sobre la participación del ahora juzgado de nuevo por otro jurado popular. En el veredicto no se hacía referencia en ningún momento a la confesión del acusado, verdadera cuestión sobre la que se dirimió en el juicio y que todavía hoy, 18 años después de que Juan Pablo Langa fuera encontrado carbonizado y con un tiro en la cabeza en un descampado de Bonrepòs i Mirambell, sigue siendo la principal prueba (que no la única) sobre la incriminación de aquellos que horas antes del hallazgo de su cadáver entraron en su casa con las llaves de la víctima y se apoderaron de 3.000 euros y sustancias estupefacientes.