La Audiencia de Alicante ha condenado a tres años de prisión a un hombre por facilitar droga a una menor de 15 años hija de su pareja y le ha absuelto de violarla, según se recoge en la sentencia dictada por la Sección Décima. El acusado, defendido por la abogada Alicia Rebeca Garrigós Gutiérrez, se enfrentaba a una petición de penas que sumaban 19 años y medio de cárcel por parte de la acusación particular y a otra de 14 años y seis meses de la Fiscalía. La madre de la menor, defendida por el abogado Gonzalo Martín, ha sido absuelta del delito de incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio de la patria potestad, por el que le pedían cinco meses de cárcel.

Los hechos declarados probados en la sentencia en 2019. El acusado vivía con su pareja y la hija de ella en un domicilio de su propiedad y la menor se refería a él como su padrastro. El acusado era consumidor habitual de hachís y la menor consumía habitualmente marihuana, según el fallo.

La sentencia precisa que la menor, que sufría varios trastornos y estaba en tratamiento psiquiátrico desde 2016, recibió marihuana o hachís del acusado desde al menos el verano de 2019. El fallo de la Audiencia señala que además de suministrarle droga también la consumía con ella y que le dosificaba las entregas, además de cerrar con un candado la puerta de la habitación donde guardaba el estupefaciente.

Tolerancia

La madre sabía que su hija consumía cannabis y se lo dijo a la psiquiatra de la niña. Se mostró tolerante ante este problema dada la personalidad de su hija pero no consta probado que participara en el consumo de droga ni que se la facilitara.

En cuanto a la presunta violación enjuiciada, la sentencia recoge que el día en que ocurrieron los hechos, la mañana del 18 de octubre de 2019, el acusado estuvo con un amigo y no consta probado que estuviera con la hija de su pareja. El acusado negó en el juicio que abusara de la menor y aunque se analizaron unos mensajes que denotaban un «deseo de carácter sexual», había otros que restan crédito a las manifestaciones de la menor y no se puede descartar que no sean auténticos, según el tribunal.