Investigación

El juez de La Línea dejó libre al fugitivo del secuestro de la pareja rusa en Alicante por falta de datos

El juzgado gaditano afirma que solo disponía de un anexo de orden de detención y que no estaba grabada ninguna documentación de la causa

Imagen de Carlos Garrido difundida por la Guardia Civil de Alicante.

Imagen de Carlos Garrido difundida por la Guardia Civil de Alicante.

El juez de La Línea de la Concepción (Cádiz) que liberó la semana pasada al fugitivo buscado como cabecilla del secuestro de una pareja rusa el pasado junio en Alicante decretó su puesta en libertad provisional al disponer solo de un anexo de orden detención internacional "sin firma oficial" del juzgado de Instrucción número 3 de Alicante y no aparecer grabada documentación sobre esta causa en las bases de datos del Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (SIRAJ), según explicaron ayer fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía.

La magistrada de Alicante que investiga el caso y mantiene en prisión preventiva a otras seis personas dictó sendos autos el pasado septiembre, uno para emitir la orden europea de detención de Carlos Garrido y otro para decretar la prisión provisional sin fianza, aunque esta resolución parece que no estaba a disposición del juzgado de La Línea.

A disposición judicial

Carlos Garrido se entregó el pasado viernes a la Policía Nacional en La Línea de la Concepción -la investigación del secuestro la lleva la Guardia Civil- y esa misma mañana fue puesto a disposición del juzgado de guardia de dicho municipio gaditano y quedó libre. El pasado miércoles había sido citado a través de su abogado para declarar en el juzgado de Instrucción número 3 de Alicante pero no se presentó.

El juez adscrito al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de La Línea de la Concepción recoge en el auto de liberta de Carlos Garrido que no es posible practicar diligencias con el detenido al «no constar exhorto recepcionado por este juzgado en funciones de guardia» y añade que no existen "motivos para sospechar que el presentado vaya a sustraerse en lo sucesivo a la acción de la Justicia". El juez reitera que la documentación relativa a la causa no consta en el SIRAJ y por tanto no procede practicar diligencia alguna, en referencia a la comparecencia de prisión.

Inexistencia de documentación

Desde el TSJ precisan que «la inexistencia de documentación alguna grabada en el SIRAJ y la ausencia de recepción del pertinente exhorto conduce a que el juez instructor, conforme a los postulados del Reglamento de Aspectos Accesorios 1/2005 del Consejo General del Poder Judicial, a las 14.04 ponga en libertad al detenido sin haberse practicado por consiguiente ninguna diligencia de investigación y sin cancelación de la requisitoria».

El presunto cabecilla del secuestro facilitó en el juzgado gaditano un domicilio en Sevilla para recibir allí citaciones y notificaciones.

El auto de libertad del pasado viernes recoge que puede ser recurrido por el fiscal y las partes personadas en las actuaciones, pero por el momento la acusación particular no ha recibido notificación alguna al respecto.