Dos hermanos acusados de abandonar a su padre enfermo hasta dejarlo morir

El Ministerio Fiscal solicita cuatro años de prisión para cada uno de ellos por un delito de homicidio imprudente

Auxiliares de ayuda a domicilio para personas mayores.

Auxiliares de ayuda a domicilio para personas mayores. / VIOLETA MOLINA GALLARDO

Todo hijo debe cuidar, suministrar alimentos y ayudar a sus ascendientes en estado de necesidad, así lo reconoce tanto el Código Civil como el Código Penal, que castiga el delito de abandono de familia con penas de prisión. Además, si este incumplimiento de los deberes legales de asistencia y de sustento de descendientes y ascendientes conlleva la muerte del familiar, el delito todavía sería más grave.

Es el caso de dos hermanos valencianos que se enfrentan a cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente con la agravante de parentesco por haber abandonado a su padre, de 71 años y con problemas de Alzhéimer, hasta dejarlo morir solo en su domicilio de València

Los hechos se remontan a octubre de 2021 cuando uno de los hijos acusados, con el que llevaba conviviendo la víctima los últimos tres años, trasladó a su padre a su domicilio y lo dejó allí solo siendo consciente de los cuidados y asistencia continua que requería por sus problemas de salud, «que le impedían mantener una vida autónoma con seguridad».

El procesado llamó a su hermano, también acusado, para que recogiera a su padre y se encargara de él. Sin embargo, ninguno de los dos se preocupó lo más mínimo del septuagenario durante más de un mes, «siendo ambos conocedores de la soledad en que se encontraba su padre y conscientes de sus problemas de salud».

El hombre padecía una patología cardiovascular, endocrina y neurológico psiquiátrica grave, además de demencia por su Alzhéimer, y requería de control y supervisión, ya que su enfermedad le limitaba su autonomía y su capacidad de autocuidado.

El septuagenario murió en 2021 «a causa del abandono y falta de cuidados que precisaba para poder vivir»

No fue hasta principios del mes de noviembre que el hermano que no había tenido viviendo en su casa durante tres años se enteró que su padre no estaba conviviendo con su hermano. Cuando fue al domicilio donde lo había dejado un mes antes nadie le abrió la puerta.

La Policía Nacional lo encontró ya muerto y en avanzado estado de descomposición el 15 de noviembre de 2021. Los forenses determinaron en la autopsia que el septuagenario había fallecido «a causa del abandono y falta de cuidados que precisaba para poder vivir».

Inicialmente la Fiscalía solicita idéntica pena a ambos hermanos, cuatro años de prisión para cada uno, por un delito de homicidio imprudente agravado al tratarse de su padre.

El artículo 143 del Código Civil establece que los ascendientes y descendientes tienen «la obligación de darse recíprocamente alimentos», entendiendo por alimento «todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica».