Absuelto de un robo en Albal pese a ser reconocido en el juicio por la víctima

El abogado de la defensa argumentó que la identificación fotográfica estaba "viciada"

Absuelto de un robo en Albal pese a ser reconocido en el juicio por la víctima

Absuelto de un robo en Albal pese a ser reconocido en el juicio por la víctima / EUROPA PRESS

Marina Falcó

Marina Falcó

Hasta dos veces reconoció la víctima al supuesto autor del intento de robo en su vivienda de Albal. Pero este fue finalmente absuelto del delito de robo con fuerza en casa habitada en grado de tentativa del que se le acusaba, porque su abogado impugnó el reconocimiento fotográfico por estar "viciado", según se explica en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.

Los hechos que se juzgaron tuvieron lugar el 25 de junio de 2019 en un piso de la localidad de Albal. Sobre las 12.00 horas, una pareja de hombres accedió a la vivienda deslizándose desde la azotea del edificio para llegar a la terraza de la casa en cuyo interior se encontraba la víctima.

La pareja de ladrones, después de forzar la puerta de acceso del terrado común con un destornillador y una pata de cabra, lograron entrar en domicilio. La mujer propietaria del piso se encontraba en el cuarto de baño cuando, según declaró ante el juzgado, escuchó unos pasos dentro de su casa. Al girarse, se percató de que un chico vestido con un chándal negro y guantes estaba merodeando por la vivienda. Comenzó a seguirlo y este, sin dirigirle ni una palabra, volvió a la terraza donde le esperaba su compinche y abandonaron el lugar subiéndose a un coche cuya matrícula apuntó un vecino que los vio huir "a toda leche".

La víctima pudo dar a la Policía Local y la Guardia Civil una descripción bastante detallada del presunto caco: de entre 23 y 28 años, moreno, ojos marrones, de aproximadamente 1,65 metros de altura y con un tatuaje de unas letras en el brazo. También señaló que el individuo al que vio tenía "las orejas un poco despegadas".

Al llegar a comisaría, a la mujer le enseñaron solo la foto de una persona, la del acusado, y según declara ella misma, le mostraron además un vídeo en el que aparecía el mismo hombre robando en una gasolinera. Una vez en el juicio, la denunciante fue capaz de reconocer "sin ningún género de dudas" al encausado. Además, la investigación llevada a cabo por la propia Guardia Civil dio como resultado que el vehículo identificado por el vecino pertenecía al padre del acusado, si bien el testigo no pudo asegurar "que no se equivocara al anotar el número" y no pudo probarse que el detenido condujera el vehículo. Sin embargo estos reconocimientos no han llevado al joven a ser condenado.

El abogado de la defensa, Vicente Monzó, impugnó la identificación fotográfica por estar viciado, ya que la Guardia Civil solo le mostró a la víctima la foto del acusado, argumentando que la víctima había sido sugestionada para que lo reconociera. Razonamiento aceptado por la magistrada que en su escrito de sentencia emplea el mismo término "dicho reconocimiento, por el modo en el que se hizo, no puede ser tenido en consideración, pues adolece de defectos que lo han viciado”. Esto, unido a las características físicas que dijo en un primer momento y que no concuerdan con el aspecto del procesado el día del juicio (con más tatuajes por todo el cuerpo, con cuello y brazos totalmente cubiertos por dibujos y con una altura superior al 1,80) hicieron el resto.

La víctima sufrió un ataque de ansiedad en el momento del robo por el que tuvo que ser atendida por los servicios médicos de urgencia.