Caso Marta Calvo

Prisión permanente para el asesino en serie: 30 años seguidos sin ver la calle

La ley prevé que la máxima condena impuesta a Palma Jacome no pueda ser revisada hasta diciembre de 2049, pero sin pagar a las víctimas ni revelar el paradero de Marta, lo normal es que siga hasta 2059

Palma Jacome en un momento de la vista celebrada en el TSJ-CV.

Palma Jacome en un momento de la vista celebrada en el TSJ-CV.

Teresa Domínguez

Teresa Domínguez

València

No es una cadena perpetua pero, en el caso de Jorge Ignacio Palma Jacome, el asesino en serie que arrancó la vida para su particular disfrute sádico sexual a tres mujeres de 31, 26 y 25 años, Arliene Ramos, Lady Marcela Vargas y Marta Calvo, y que a punto estuvo de matar a otras ocho -la ‘verdad juricial’ solo recoge seis por cuestiones procesales- se acerca mucho a ese concepto.

Tras una lucha incansable de las familias y de las víctimas que se ha prolongado por espacio de casi cinco años, desde aquel 7 de noviembre de 2019 en que mató a la última de sus víctimas conocidas, Marta Calvo Burón, el Tribunal Supremo, por boca y mano de su principal experto en violencia de género, el magistrado alicantino Vicente Magro, ponía orden y dictaba una sentencia, de consenso con sus cuatro compañeros de tribunal, en la que imponía a Palma Jacome la ansiada prisión permanente revisable. «Como no podía ser de otra manera a tenor de lo que dice la ley», afirma, tajante, una fuente jurídica experta en la aplicación de la prisión permanente y en los dictámenes del Alto Tribunal español.

Así las cosas, al asesino en serie se le ha impuesto esa máxima condena que se suma al resto de penas, que suman otros 137 años y un mes más de cárcel. ¿Y cuándo cumplirá estos últimos? Al mismo tiempo, aunque eso suponga algo así como un 2x1 haciendo una metáfora con las ofertas de supermercado. La reflexión surge de inmediato: «Si no fuese así, ¿cuántas vidas necesitaría para dar cumplimiento a las condenas».

Volvemos a la casilla de salida. Entonces, ¿cuántos años permanecerá Palma Jacome en prisión? ¿Puede llegar a salir en un tiempo razonablemente corto? ¿Puede volver a matar?

La ley es clara. Y la sentencia de Magro también: remite a los artículos que lo explican de manera nítida y concisa. En este caso, la clave está en el 92.1 c, que es el que fija en 30 años el plazo mínimo para empezar a hablar de la cancelación de la pena. En otras palabras, dado que ha sido condenado a una prisión permanente revisable y que el resto de penas suman más de 25 años, Palma Jacome no puede optar a cumplir menos de 30 años.

Ese horizonte no se alcanzará hasta el 3 de diciembre de 2049, ya que el tiempo cuenta desde que está privado de libertad: las 4.00 horas del 4 de diciembre de 2019, que es cuando se entregó en el cuartel de la Guardia Civil de Carcaixent, tras preparar su coartada y sus mentiras durante los 21 que permaneció fugado después del asesinato de Marta.

Una vez se hayan cumplido esos 30 años mínimos de privación de libertad, se celebraría una vista con todas las partes personadas en el proceso –Fiscalía, acusaciones particulares (las familias y las víctimas) y defensa– para analizar si procede o no decretar el fin de la condena. Obviamente, lo más probable es que las familias de Marta –su madre ya ha dicho por activa y por pasiva que estará ahí, vigilando a Palma, «mientras viva–, Lady Marcela y Arliene, así como las seis supervivientes se nieguen en redondo a esa revisión. Y que luchen por prolongar la estancia de su verdugo entre rejas.

No parece que vaya a ser complicado. Salvo que su actitud desafiante y chulesca, su desprecio por las mujeres que mostró incluso cuando quiso aparentar lo contrario en el juicio –Vicente Magro se lo reprocha con maestría cuando argumenta la idoneidad de haberle aplicado la circunstancia agravante de género en todos los ataques a sus víctimas, cuando le recuerda que eso es así «aquí y en Colombia», país de origen del asesino en serie–, cambie en los próximos 25 años.

En este sentido, una de las fuentes jurídicas consultadas por Levante-EMV lo explica con claridad cristalina. «En Derecho Penal, una de las cosas más sagradas es la reparación del daño, es decir, intentar paliar los efectos del daño cometido con el delito. No afrontar el pago de las indemnizaciones, no atender a esa necesaria reparación del daño es una burla a las víctimas. Así que, sin el pago de las indemnizaciones, no hay cancelación del resto de la condena».

En lenguaje lego: como no pague, no sale. Palma ni siquiera les ha pedido perdón, así que pagar lo que les debe...

Y hay una segunda cuestión que tampoco es baladí: la ocultación del cuerpo de Marta y su obstinación por no revelar el lugar en el que se deshizo de ella. Ni siquiera después de haber sido condenado.

«Ese hecho le aleja aún más de poder optar a una revisión positiva. Es una manera de aumentar el daño de manera innecesaria a su familia. Y eso es contrario a derecho».

El resto de los requisitos son los habituales para que cancelar la pena u obtener beneficios. Uno de ellos es estar en tercer grado penitenciario, el más leve dentro de la clasificación de los presos. Un experto jurista en la aplicación de beneficios y en refundiciones de penas lo aclara: «Estar en tercer grado es imprescindible para poder optar a permisos, a remisiones de condena y a otros beneficios, pero estar en esa clasificación no lo garantiza. Es más, se pueden negar esos beneficios incluso aunque se cumplan los requisitos objetivos, porque luego están los subjetivos».

Desde la actitud del preso hasta la idiosincrasia de los delitos, la cantidad de estos, la personalidad del condenado, la previsión de si puede reincidir o no, si ha sido o no el primer tropiezo con la Justicia, si ha mostrado arrepentimiento, si los delitos han causado impacto social... Hasta hoy, y ya lleva casi cinco años en prisión, Palma no cumple ni uno solo de ellos, salvo el del impacto social de sus delitos, que justo juega en su contra.

Tanto es así, que la mayor parte de los criminales que han protagonizado asesinatos especialmente repulsivos acaban la condena sin haber obtenido permisos más que cuando se acerca la cancelación final de la misma. Y porque en definitiva se busca la reinserción y minimizar el impacto del regreso a la sociedad tras permanecer durante décadas en una cárcel.

Bien. Si llegamos a 2049 y se decide que, esté o no ya en tercer grado –podría, en un plano teórico, optar a esa clasificación a partir de los 22 años de cumplimiento, es decir, desde diciembre de 2041–, debe seguir en la cárcel, ¿hasta cuándo seguiría entre rejas?

En España no existe la cadena perpetua. El sistema penitenciario español está enfocado por completo a la reinserción del recluso, a su recuperación para la sociedad. En este caso, habría que fijarse en el artículo 76. 1 c del Código Penal, que fija en 40 años como máximo la estancia en prisión de alguien que sume tantos años de condena como el asesino en serie de Arliene, Lady Marcela y Marta.

Si volvemos a hacer cuentas, eso nos llevaría al 3 de diciembre de 2059. Ese sería el plazo máximo de prisión. El verdugo de las tres chicas nació el 8 de noviembre de 1982. De hecho, asesinó a Marta en la casa que tenía alquilada a nombre de su madre en Manuel en la madrugada del 7 de noviembre durante una depravada orgía letal de cocaína en estado puro que ella no consintió porque era su forma desviada de celebrar de manera anticipada su cumpleaños, ya que al día siguiente llegaba su madre desde Mallorca para pasar el fin de semana con él.

Así que, cuando fue detenido, ese 4 de diciembre, acababa de cumplir 37 años. El primer intento de revisión le llegaría con 67, si sigue vivo. Y el plazo máximo de permanencia en prisión, con 77. A todos los efectos, y aunque no lo sea, para él, esa prisión permanente es una cadena perpetua.

Tracking Pixel Contents