El Supremo ratifica 20 años de cárcel al criador de caballos que esclavizó y mató a su capataz
Pese a su conducta «cruel, agresiva y abusiva», golpeando a su víctima con una vara, finalmente no se aprecia ensañamiento al no probarse que su intención fuera la de causarle un mayor dolor

Ignacio Cabanes
Sentencia firme por un caso de esclavitud en pleno siglo XXI en una finca de caballos de Torrent, que terminó con el homicidio a golpes del trabajador que ejercía las labores de capataz, a manos del dueño de la explotación dedicada a la cría, doma y venta de equinos. El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación y ratifica la condena a Felipe Arenas de veinte años y diez meses de prisión por los delitos de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, contra la integridad moral y contra los derechos de los trabajadores.
Filipe Jorge Da Costa, un reputado experto portugués en doma clásica de caballos de 66 años, fue abandonado ya cadáver en el Hospital General de València el 27 de agosto de 2021. El condenado dio datos falsos sobre su identificación asegurando que era un vecino al que había encontrado inconsciente en un campo.
Las investigaciones del grupo de Homicidios de la Policía Nacional probarían meses después que se trataba de un crimen y que la persona que precisamente lo abandonó en el hospital era su homicida. Fue clave la declaración de un testigo –trabajador de la finca– que presenció esa mañana una discusión del propietario de la explotación con el capataz, a quien recriminaba la rotura de un grifo. De hecho, tuvo que mediar cuando el condenado blandía un palo de 1,41 metros de largo de manera amenazante.

Filipe Jorge Da Costa Vaz, era un reputado experto portugués en doma de caballos. / Levante-EMV
Según los hechos declarados probados por un jurado popular, horas después regresó y «consciente de que la víctima se encontraba solo, indefenso y aún convaleciente de la agresión recibida pocas horas antes, procedió de forma consciente e intencionada a seguir golpeando de forma brusca con el palo anteriormente descrito». Al regresar a las 18.30 horas el trabajador a las caballerizas se encontró al capataz sentado en un banco de la cuadra con spray cicatrizante en los brazos, balbuceando y echando espuma por la boca. Tras alertar a su jefe, este no tuvo otro remedio que llevarlo al hospital, donde ya llegó muerto.
Pese a la conducta «cruel, agresiva y abusiva» del condenado, finalmente no se aprecia ensañamiento –de ahí que se le condene por homicidio con abuso de superioridad y no por asesinato– ya que el jurado fue claro en este aspecto señalando «que no había pruebas suficientes para demostrar que el acusado se ensañara con la víctima con la intención de causarle más dolor y sufrimiento».
Lo que sí se acreditó son los otros dos delitos que solicitaba la acusación particular, ejercida por el letrado José Manuel Feliu, tanto el delito contra la integridad moral como contra los derechos de los trabajadores, por las «condiciones similares a la esclavitud» en las que el condenado tenía a su capataz, sin contrato alguno, aprovechándose de la situación de contumacia que tenía en Portugal desde el año 1997.
Insultos y castigos físicos
El patrón de la finca obligaba a la víctima a trabajar en cualquier momento, las 24 horas del día los siete días de la semana, valiéndose del temor que el trabajador tenía por carecer de documentació. Únicamente, se le permitía salir del interior de la finca en compañía del dueño o de otro empleado circunstancialmente para comprar alimentos en tiendas cercanas. Además esta explotación laboral se agravó tras la pandemia por covid, ya que el criador de caballos le recriminaba a Filipe Jorge Da Costa que estaba arruinado por su culpa y ante cualquier excusa le gritaba, le daba puñetazos, le golpeaba con lo que tuviera a mano, incluso con escobas o palos, causándole hematomas y cortes que Filipe se curaba él mismo con spray desinfectante y cicatrizante de caballos, sin que en ninguna ocasión, sea cual fuera la gravedad de las heridas, recibiera asistencia médica. A todo ello se sumaban abusos verbales, “mentiroso, inútil, no vales para nada, ...”, y castigos.
En su recurso la defensa planteaba además de un error en la apreciación de la prueba -ya valorada-, que no se habían practicado determinadas diligencias de investigación como la realización de una reconstrucción de los hechos, que fue denegada al considerarla irrelevante, o la comprobación de dónde se encontraba el acusado entre la una y las seis de la tarde de ese 27 de agosto de 2021, obviando que el grupo de Homicidios de la Policía Nacional de Valencia sí explicó detalladamente en el juicio el estudio del posicionamiento de los teléfonos móviles. Así como una huella de una tercera persona sin identificar hallada en la vara utilizada como arma del crimen.
Sobre la causa de la muerte, tanto la Audiencia Provincial de Valencia, como el TSJCV y ahora el TS, «no dejan resquicio alguno a la hipótesis alternativa de la defensa sobre el golpe de calor». El TS remarca que el informe pericial de parte "se apoyó al menos en una información inexacta, la procedente del informe hospitalario, y pasó de puntillas por el informe ampliatorio de autopsia". Los forenses del Instituto de Medicina Legal de València fueron claros en este sentido y el fallecimiento se produjo por «una rabdomiólisis y una embolia grasa sistémica», debido a las policontusiones –con presencia de lesiones en diferentes estadios evolutivos– que le provocaron una disfunción multiorgánica».
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