Dos neonazis aceptan penas mínimas de cárcel por agredir a un joven por su indumentaria
Los condenados a tres y seis meses de prisión, así como el pago de una multa, golpearon a un joven por el mero hecho de llevar una sudadera con el lema Working class

Los dos neonazis condenados en Valencia por una agresión y un delito de odio. / Ignacio Cabanes
Los dos acusados de ideología neonazi que en noviembre de 2021 agredieron a un joven en València por el mero hecho de llevar una sudadera con el lema «Working class (clase obrera)», han aceptado penas mínimas de tres y seis meses de cárcel, así como el pago de sendas multas, como autores de un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas y un delito de lesiones.
Uno de ellos evitará así ingresar entre rejas, al suspenderle el cumplimiento de la pena de prisión la Sala por carecer de antecedentes y ser inferior a los dos años. No obstante, el segundo tendrá que pelear la suspensión y justificar que hay elementos objetivos de que no va a reincidir dado su amplio historial de delitos leves.
Además en su caso se le ha condenado a seis meses de prisión –el doble que al coacusado– por el delito de odio ya que no acudió a juicio antes de Navidad y la Audiencia Provincial de Valencia tuvo que ordenar su búsqueda y detención.
De hecho, como informó Levante-EMV, finalmente fue arrestado e ingresó en prisión para garantizar su presencia en la vista oral.
Los hechos ocurrieron el 7 de noviembre de 2021 en una calle Serpis de València cuando un encapuchado con estética neonazi se dirigió a la víctima portando un ladrillo roto en la mano y le preguntó por la sudadera. Acto seguido se acercó una segunda persona, que le increpó y tras girarse el joven alguien le golpeó en la cabeza.
Tras caer al suelo, un grupo de unas diez personas, entre los que se encontraban los dos ahora condenados, le propinaron patadas al grito de «Viva Valencia» y «esto es el Reino de Valencia". Los agresores iban ataviados con simbología consistente en una corona de laurel y una cruz gamada.
Se enfrentaban a cinco años de cárcel
El Ministerio Fiscal solicitaba cinco años de prisión para cada uno de ellos por un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas y un delito de lesiones. Tras el acuerdo de conformidad alcanzado por sus defensas, a Isidro D. C. B. se le condena solo a tres meses de cárcel y al pago de 270 euros de multa por el primer delito y a otra multa de 270 euros por el segundo, al contemplar la atenuante muy cualificada de reparación del daño, ya que ha pagado 420 euros en concepto de responsabilidad civil.
Mientras que a Jesús O. N., el acusado que tuvo que ser detenido y encarcelado para ser llevado a juicio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia le condena a seis meses de prisión y 1.080 euros de multa (540 euros por cada delito).
1.400 euros de indemnización
Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria al joven agredido con 1.400 euros y se les inhabilita para el ámbito docente por un plazo de cinco años. A su salida del juicio uno de los acusados manifestó que su condena responde a un "delito político" y que en cualquier otra circunstancia sería un simple delito de lesiones. La Sala le ha suspendido la pena de prisión con la condición de que no delinca en un plazo de dos años y participe en un curso formativo de reeducación.
Su compañero, que sí cuenta con antecedentes, entre ellos otra agresión a un ciudadano suramericano en el aparcamiento del Hospital Arnau de Vilanova, no tiene garantizada la suspensión. El tribunal le ha dado diez días hábiles para aportar información que apoye un pronóstico de que no va a reincidir.
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