Rebajan de 14 a cuatro años la pena por violar a la hija de su pareja
La defensa se aferraba a que el himen de la menor, de 12 años, estaba intacto y la sentencia reconoce que no hubo acceso carnal

Germán Caballero / A. Iranzo
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a cuatro años, de los catorce que solicitaba inicialmente el Ministerio Fiscal, por un delito de agresión sexual con acceso carnal de una menor de doce años, hija de su compañera sentimental. Finalmente, tras el acuerdo alcanzado por la defensa del acusado, la sentencia no reconoce que hubiera penetración, de ahí esta importante rebaja en la pena.
El acusado, que estaba en prisión provisional desde su detención hace justo un año, admitió los hechos en el juicio celebrado por conformidad.
Su defensa, ejercida por el penalista Vicente Monzó, se aferraba a la ausencia de vestigios biológicos que acreditaran la violación, así como el hecho de que la menor presentara el himen intacto cuando fue explorada por el médico forense. No obstante, hay jurisprudencia en la que los informes periciales aclaran que la no rotura del himen no implica que no se haya producido la violación.
Gracias al acuerdo alcanzado por la defensa la petición inicial de pena se le ha rebajado en diez años (de catorce a solo cuatro). Esto sumado al tiempo que ya lleva preso, el condenado ayer por sentencia in voce podría disfrutar de sus primeros permisos penitenciarios en poco tiempo.
Los hechos ocurrieron la tarde del 16 de enero de 2024 en el domicilio familiar, en València. La menor, que en ese momento tenía doce años, regresó del colegio y entró en la habitación en la que estaba el procesado, pareja de su madre. La adolescente se acercó a darle un abrazo y el ahora condenado, "guiado por la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales", le realizó tocamientos en la cama y posteriormente, según relató la menor en la prueba preconstituida realizada mediante cámara Gesell, llegó a penetrarla. Aunque este supuesto acceso carnal no ha quedado probado.
Las psicólogas del Instituto de Medicina Legal de València le dieron plena credibilidad al testimonio de la menor, con lo que su declaración, pese a no haber otras pruebas objetivas de la violación, era suficiente prueba de cargo para enervar la presunción de inocencia del acusado.
Solo mil euros de indemnización
En concepto de responsabilidad civil el condenado deberá indemnizar a su víctima con mil euros. Además de los cuatro años de cárcel, la sentencia le impone cinco años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse con la víctima y aproximarse a menos de 300 metros de ellas por otros cinco años. Así como la inhabilitación para trabajar o ejercer cualquier profesión, remunerada o no, con menores por el mismo plazo de cinco años.
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