Condenado por abusar de su nieta de nueve años durante el confinamiento en Alicante

El fallo considera probado que el acusado se metió en la cama de la menor mientras dormía

El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante.

El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante. / Jose Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia Provincial ha condenado a cuatro años y tres meses de prisión a un hombre de 71 años por abusar sexualmente de su nieta, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Los abusos se produjeron en pleno confinamiento el domicilio del acusado en Alicante cuando esta tenía nueve años de edad. La familia se encontraba en esa casa de manera temporal en aquellos meses, donde la pequeña se quedaba a dormir en casa del abuelo. 

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Tercera, considera probado que, en la madrugada del 16 de abril de 2020, el encausado aprovechó que la niña había acudido a su vivienda para pasar una noche para entrar en la habitación en la que dormía junto a una prima, de 13 años, cogerla en brazos sin que se despertase y llevarla a otra estancia. Allí se produjo el abuso sexual.

La niña contó lo sucedido a su prima, quien, a su vez, se lo relató a su madre, tía de la víctima. Finalmente, el padre de la pequeña presentó denuncia.

El acusado negó los hechos durante su declaración en el juicio, asegurando que solo la había acompañado en plena noche para ir al cuarto de baño y la dejó allí sola. Sin embargo, el tribunal confirió credibilidad a la versión de la víctima a partir de su declaración y del relato que ofreció su prima y su tía. La menor relató que estaba durmiendo y que se encontró a su abuela lamiéndola cuando se despertó en plena noche.

La sentencia señala que no se han detectado motivos espurios que hubiera motivado una denuncia falsa contra el procesado, ni que trataran de vengarse u obtener beneficio alguno a costa del acusado. La sala considera coherente el testimonio y sin contradicción alguna. Los peritos además valoraron la credibilidad de su testimonio en los aspectos más relevantes. «El testimonio se ha sostenido durante toda la causa con detalle, sin visos de fabulación, ni exageración en contra del acusado», señaló.

En esta línea, la propia víctima llegó a decir que estaría dispuesta a perdonar al acusado y que entendía que no era consciente de lo que le hizo, pero que le daría miedo quedarse con él sola. 

Sin restos de ADN

La menor fue sometida a una exploración en urgencias del hospital tras la denuncia de abusos sexuales, pero las pruebas de ADN no pudieron encontrar nada determinante. De todos modos, el propio fallo admite que por el tiempo transcurrido estos restos biológicos pudieron haberse desvanecido de manera fortuita. Circunstancia que para los magistrados no hace que se generen dudas sobre el testimonio de la víctima. 

El fallo asegura que el acusado se prevalió de su situación de superioridad, dada la diferencia de edad entre él y su víctima y la relación familiar existente, «junto con la nada desdeñable circunstancia de suceder los hechos en la vivienda del propio acusado, en la clandestinidad de la noche y aprovechando que la menor dormía».

Además de la pena de privación de libertad, la resolución judicial establece la medida de alejamiento a una distancia mínima de 500 metros respecto a la víctima por un tiempo de nueve años, así como otros ocho años de libertad vigilada, y el pago de una indemnización de 15.000 euros a la menor en atención a los daños morales sufridos. Los magistrados estiman acreditado que los hechos afectaron al normal desarrollo psicológico de la menor.

La sentencia no es firme y es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en un plazo de diez días desde su notificación.

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