Un informe policial, clave en un conflicto familiar por un ajuar millonario en València
La exoneración de un hombre acusado de vender propiedades de su suegra millonaria acaba con la condena de su hijo por denuncia falsa porque no se incorporó el acta de la Policía Científica al sumario
Un juez de lo Penal concluye que no hubo robo con fuerza tras la conclusión de la fiscal

Parte de las joyas vendidas, que constan en la documentación del caso. / Levante-EMV

Podría ser una novela de Agatha Christie (sin crimen, eso sí), pero es la rocambolesca historia real de una adinerada familia valenciana en lucha por el millonario patrimonio desaparecido de la abuela, una rica heredera de origen navarro, hoy ya fallecida, casada con un valenciano y que vivió toda su vida en el Cap i Casal. Lo cierto es que el hipotético responsable de que parte de ese patrimonio -joyas, cuadros, muebles...-, valorado en decenas de miles de euros, depositado en un lujoso piso de la calle Colón de València, acabase en casas de subastas y de compraventa, yerno de la mujer, acabó exonerado tras el paso del caso por los juzgados de València, a pesar incluso de haber admitido parte de los hechos ante la Policía y ante el juez, y que quien promovió la denuncia por robo en nombre de la propietaria, hijo del anterior y nieto de la dueña, ha acabado condenado por falso testimonio siete años y medio después.
¿Una de las claves? Un informe de la Policía Científica, que sí acudió al domicilio cuando se descubrió por primera vez el robo, pero que nunca fue incluido en el sumario judicial, por lo que el juez de lo Penal que ha acabado condenando al nieto de C. e hijo de J. T. G. concluyó, sin más, que no existía y que, por lo tanto, el nieto de la primera e hijo del segundo, había mentido al acusar a su padre de desvalijar a su abuela. Y todo, por economía: hasta que la digitalización llegó a la Policía Nacional en València, únicamente se emitían informes de Científica cuando había huellas o muestras de ADN con interés para la investigación. En casos, como este, donde el uso de guantes impedía el hallazgo de huellas dactilares, por mucho que se buscaran, se archivaba, pero no se adjuntaba a las diligencias con destino a los jueces.
Un conflicto de más de siete años
Los hechos hunden sus raíces en un profundo conflicto entre suegra, yerno e hijo, que data, como poco, de 2017. En realidad, de un año antes, cuando la mujer, C. G., entonces casi centenaria, pero en sus cabales, como determinaron sin ambages los forenses del Instituto de Medicina Legal de València, decidió revocarle los poderes notariales que autorizaban a su yerno a disponer de sus bienes de C. G., después de que la mujer descubriese que su hijo político estaba subastando muebles, obras de arte y otros efectos de gran valor a sus espaldas. Y, sobre todo, cuando supo que había vinculado la tarjeta de crédito a su cuenta bancaria, según recoge la investigación policial.
Todo comenzó el 30 de mayo de 2017, cuando J. A. T. acudió a un piso propiedad de sus abuelos, en una noble finca de la calle Colón, deshabitado desde hacía tiempo pero completamente amueblado con mobiliario y objetos decorativos antiguos y de alto valor. Ese día, en que acudió con un fontanero porque había goteras, lo que vieron ambos es que alguien había 'limpiado' la vivienda, en la que apenas quedaban muebles y unos cuantos objetos desperdigados.
Al ver entreabierta la puerta del montacargas, con acceso directo a la vivienda, y el marco con muestras de forzamiento, el hombre ordenó a un empleado que se encargase del cambio de la cerradura y acudió a denunciar a la comisaría más cercana a su domicilio, la de Russafa. En esa primera ocasión, no señaló a nadie, así que se quedó a la espera de que la Policía averiguase algo.

Manchas de los reactivos usados por la Policía Científica y marcas de forzamiento en el paño y el marco aportadas por el denunciado. / Levante-EMV
Sí se levantó acta y se buscaron huellas, sin resultado
Eso sí, los agentes, al tratarse de un domicilio y un aparente robo con fuerza, informaron a la Policía Científica, que envió a dos agentes a las 21.00 horas de ese 30 de mayo a realizar la correspondiente inspección técnico-policial. Dos días después, a las 12.30 horas del 1 de junio, los agentes hacen un sucinto resumen y lo envían a su archivo, es decir, no realizaron un informe como tal ni lo enviaron al grupo que estaba investigando. En su minúscula acta escribieron que se trataba de una "vivienda deshabitada desde 2009" y que "no existen superficies aptas para el revelado de huellas".
También, que "se observan marcas de guantes en algunos objetos" -es decir, quien se llevó las cosas, tomó precauciones- y que se ha empleado una palanqueta para entrar; en lenguaje común, que alguien ha forzado la puerta con una herramienta a modo de palanca". Eso es todo, pero suficiente para acreditar que J. A. T. sí llamó a la Policía y que esta sí fue a la casa. De hecho, hay fotos en el sumario donde se aprecian los restos de reactivos (polvo negro) empleados por los agentes de Científica para buscar huellas en la puerta de la vivienda.
La investigación de Robos
El caso es que, para cuando todos esos efectos desaparecieron -la finca, obviamente, tenía portero, pero solo en horario diurno y en días laborables-, C. G. ya había hecho retirar los poderes a su yerno por pérdida de confianza en él. Aún así, ese yerno, J. T. G., no fue señalado como posible responsable de la desaparición del ajuar hasta tres meses después, cuando su hijo J. A. T., siguiendo instrucciones de su abuela, fue a la comisaría de Centro (era la que le correspondía, por zona de ocurrencia del delito, desde el principio) y amplió la denuncia con datos nuevos.
Incluyó obras de arte, joyas y elementos decorativos no contabilizados en la primera ocasión, las facturas de haber comprado, en subasta, dos de los cuadros desaparecidos -entre ellos, el retrato de una bisabuela con alto valor emocional para C. G.- y el catálogo de una casa de subasta de Lisboa donde aparecían buena parte de las propiedades de la adinerada mujer.
Esa segunda denuncia puso en marcha al grupo de Robos de la Jefatura Superior de Policía de València, que hizo importantes avances: obtuvo de J. T. G. el reconocimiento, en su declaración ya como detenido, de que se había llevado efectos del domicilio de su suegra, eso sí, alegando que eran suyos, y la declaración de un operario que conocía tanto al padre como al hijo, quien reveló que el segundo le había confesado que se había llevado el ajuar el sábado de Pascua de ese 2017. También, la de otro hombre, conocido de ambos, que, casualmente, había retratado con su móvil al padre en plena calle, en el momento en que descargaba muebles y enseres en su domicilio, sacados de una furgoneta con la ayuda de "5 o 6 hombres", fotos que también fueron aportadas al juzgado.
La misma fiscal en ambos casos
Contra todo pronóstico, y a instancias de la fiscal -la misma que haría después de acusadora en el proceso por falso testimonio-, la jueza de Instrucción archivó la causa abierta por robo con fuerza del legado de C. G. contra J. T. G. Lo hizo el 16 de diciembre de 2019, tras un demoledor informe de la fiscal de cuatro días antes en el que, entre otras cosas, afirma categóricamente lo siguiente: "Que no existen elementos suficientes para entender indiciariamente acreditado que el acceso a la vivienda donde se guardaban los muebles se llevara a cabo mediante el empleo de fuerza, que los objetos que se denuncian como sustraídos fueran todos propiedad de la denunciante, que las joyas vendidas por el acusado no fueran propiedad de este o de su familia y en cualquier caso que los actos de disposición sobre los objetos propiedad de la señora C. G. hubieran sido llevados a cabo con posterioridad a ser notificada al investigado la revocación de los poderes que le facultaban de forma expresa a administrar sus bienes”.
No obtuvo ni solicitó el informe de la Policía Científica, que sí existía y estaba en el archivo de ese departamento policial, por si alguien lo necesitaba; obvió el reconocimiento de los objetos que había hecho su dueña a la vista de las fotos del catálogo de la casa de subastas portuguesa -tampoco se pudo hacer una investigación en el país vecino porque la jueza no autorizó la comisión rogatoria en su momento-; aventuró que las joyas (tres lotes, acreditados, que vendió en València usando su nombre; dos de ellos cuando ya estaba en vigor la revocación de los poderes notariales, aunque él afirma que no lo supo hasta abril) podían ser "de su familia"; y barruntó que "los actos de disposición de los objetos de la señora C. G." -en ese punto sí considera de la mujer los efectos- hubieran sido realizados después de que se le notificara a J. A. T. que ya no tenía poderes.
El padre, exonerado, y el hijo, acusado
A continuación, el padre instó un proceso por falso testimonio y falsa denuncia contra su hijo, J. A. T., quien actuó en todo momento por delegación de la voluntad de su abuela, la verdadera perjudicada, dada su avanzada edad (aún así, la mujer llegó a darle tiempo antes de su muerte a ratificar personalmente cada hecho en el juzgado en 2018).
Y contra todo pronóstico también, la causa llegó a juicio en noviembre pasado, juicio que acabó con una sentencia condenatoria contra J. A. T., entre otras cosas, dice el juez de lo Penal en su sentencia, porque "ha quedado acreditado que el acusado deliberadamente faltó a la verdad al interponer la denuncia en fecha 30 de mayo de 2017 en relación con la existencia de forzamiento en la cerradura de la puerta de acceso a la vivienda de calle Colón, esto es, en relación a la propia existencia del robo con fuerza denunciado". Justo lo que no dice el acta de la Policía Científica.
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