Condenados por violar a una amiga y difundir vídeos sexuales por redes sociales
Ambos acusados eluden ingresar en prisión tras confesar que uno de ellos tuvo sexo no consentido sin preservativo y el otro grabó y compartió las imágenes
En uno de los vídeos se ve al procesado haciéndose una raya en la nalga de la víctima al tiempo que dice: “Estamos ocupados”

Uno de los acusados ha sido condenado por abusos y el otro por un delito contra la intimidad. / Ignacio Cabanes
Lo que comenzó como un trío de sexo consentido entre una chica y dos jóvenes en el domicilio de los padres de uno de los procesados, en Valencia, ha terminado en una condena por abuso sexual con acceso carnal para uno de ellos y en otra por un delito contra la intimidad para el segundo por haber grabado a la víctima sin su consentimiento y haber difundido los vídeos en redes sociales. Ambos acusados han reconocido los hechos en el juicio celebrado por conformidad esta mañana en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia y han aceptado sendas penas de dos y un año de cárcel. No obstante, ninguno de ellos ingresará en prisión al ser penas no superiores a los dos años y carecer de antecedentes.
Los hechos enjuiciados ocurrieron el 24 de julio de 2020 cuando los ahora condenados por sentencia in voce contactaron con la amiga de uno de ellos por la red social Instagram para tener una cita sexual. Durante el encuentro, inicialmente consentido por todas las partes, estuvieron consumiendo alcohol y cocaína.
En un momento dado la joven se percató de que estaba siendo grabada y les dijo que pararan, a lo que el acusado que estaba con el móvil hizo caso omiso. De hecho, la Policía Nacional halló en su terminal telefónico distintos archivos audiovisuales con “contenido sexual implícito”. Además, el procesado compartió dichos vídeos por la red social Instagram, así como por WhatsApp. En uno de los vídeos se ve al otro acusado haciéndose una raya en la nalga de la víctima al tiempo que dice: “Estamos ocupados”.
Después de varias horas en la casa, y pese a que la víctima había dejado bien claras sus condiciones para practicar sexo, el condenado por la violación - concretamente abuso sexual con acceso carnal según la anterior legislación – la penetró sin preservativo. Además, al empezar a encontrarse mal la joven, la metieron en la ducha, donde volvió a ser de nuevo violada (la víctima le pidió que parara).
Se enfrentaban a seis años de cárcel uno y dos años el otro
El Ministerio Fiscal solicitaba penas de seis y dos años de prisión para los acusados. Finalmente tras el reconocimiento de hechos en el juicio y haber indemnizado a la víctima con 12.000 euros el primero y 2.000 euros el que grabó los vídeos, la Audiencia Provincial los condena a penas inferiores a los dos años por las que ninguno de ellos deberá ingresar en prisión, siempre y cuando no delincan en los próximos dos años. Para el autor de un delito de abuso sexual con penetración le impone dos años de cárcel y cinco años de libertad vigilada, así como la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de su víctima durante tres años, y diez años de inhabilitación para cualquier trabajo relacionado con menores. Para el otro condenado por un delito contra la intimidad la pena es de solo un año de cárcel y una medida de tres años de alejamiento. En ambos casos se contempla la atenuante de reparación del daño.
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