Condenado por descolgarse con un cable al piso de su ex y tratar de estrangularla

El maltratador reincidente acepta 23 meses de cárcel por allanamiento de morada, lesiones y amenazas

Se le imponen 18 años de alejamiento de su víctima, que acarrea también el destierro de Aldaia

El condenado por allanar la vivienda de su ex en Aldaia, durante un juicio por quebrantar el alejamiento.

El condenado por allanar la vivienda de su ex en Aldaia, durante un juicio por quebrantar el alejamiento. / Ignacio Cabanes

València

Descolgándose con un cable de antena desde la azotea hasta el piso de su expareja, en Aldaia, para después de allanar su vivienda, comenzar a golpearla, arrastrarla hasta el salón y tratar de estrangularla colocándose encima de ella. No contento con ello, y después de que su víctima lograra zafarse, este maltratador reincidente, ahora condenado, se dirigió a la cocina y cogió unos cuchillos con los que la amenazó, para acto seguido, tratar de forzar la válvula de seguridad de una bombona de gas que había en la entrada de la casa. «Puta, de aquí no vas a salir ni tú ni yo», le amenazó, según los hechos reconocidos por el propio acusado.

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al autor de este ataque machista a solo 23 meses de cárcel por los delitos de allanamiento de morada, lesiones en el ámbito familiar y amenazas, con la agravante de reincidencia. La baja pena responde a que se contemplan las atenuantes de haber actuado bajo la influencia de bebidas alcohólicas y la reparación del daño tras haber consignado 200 euros por las lesiones que le causó.

Dado el riesgo hacia la víctima se le impone la prohibición de aproximarse a menos de 400 metros de ella y comunicarse en modo alguno con la misma por un plazo de 18 años, tiempo durante el cual el condenado tampoco podrá entrar en el municipio de Aldaia donde se produjo la agresión y reside su expareja.

Se le impone una pena mínima al considerar que actuó influenciado por el consumo de alcohol

Reincidente

Los hechos ocurrieron la tarde del 28 de abril de 2023 cuando José D. R. O., con una condena previa de cuatro meses de prisión por quebrantamiento de medida cautelar, se presentó en el domicilio de su expareja, en Aldaia, y comenzó a llamar al telefonillo para que le abriera. Como su ex se negaba a abrirle por miedo, el acusado llamó a varios vecinos, hasta que logró que alguno le abriera la puerta del patio. Una vez en el interior de la finca aporreó la puerta de la mujer. «A la vista de que no abría, subió a la azotea y, cogiendo un cable de antena, lo rompió y se descolgó hasta el balcón de la vivienda», según el relato de hechos probados que recoge la sentencia.

De una patada rompió la puerta del balcón e irrumpió en el domicilio de su expareja, a quien comenzó a golpear. Aunque la Sección Tercera de la Audiencia Provincial reconoce como hecho probado que intentó estrangularla, no se le imputa el delito de tentativa de homicidio.

No se llegó a formar el jurado popular

El letrado de la defensa, Francisco Aparicio, logró llegar a un acuerdo de conformidad por el que no fue necesario ni la formación del jurado popular que debía enjuiciar a su cliente al tratarse de un delito de allanamiento de morada. Por este delito se le condena a solo 17 meses de cárcel y al pago de 1.440 euros de multa. Por el delito de lesiones en el ámbito familiar, la pena impuesta es de 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Más otros seis meses de prisión por el delito de amenazas, ya que trató de forzar la válvula de una bombona de gas al tiempo que la amenazaba de muerte portando un cuchillo en la mano

La llegada en ese momento de los agentes de la Policía Local de Aldaia y de la Policía Nacional evitó que este ataque acabara en tragedia con una nueva víctima mortal de la violencia machista.

Tracking Pixel Contents