Acepta una multa de 12.000 euros por agredir sexualmente a una mujer y a su hija en una piscina de la Ribera
El acusado, que se enfrentaba a 6,5 años de prisión, no podrá acercarse a menos de 200 metros de la niña, que tenía 14 años

Imagen de archivo de una piscina municipal en València. / Levante-EMV

Una multa de 12.000 euros. Esa es la condena que tendrá que pagar un hombre por dos delitos de agresión sexual a una mujer y a su hija, de catorce años de edad en el momento de los hechos, mientras se encontraban en la piscina municipal de una localidad de la comarca de la Ribera que este diario no revela para preservar el anonimato de las víctimas.
Los hechos que han sido juzgados este miércoles ocurrieron el pasado 11 de julio cuando, según relata el Ministerio Público, una de las víctimas, una mujer de 46 años, se encontraba en el interior de la piscina dándose un baño. Ahí coincidió con el presunto agresor quien, "sin que mediara consentimiento alguno y con un claro propósito de satisfacer su ánimo lúbrico", según el fiscal, la sometió a tocamientos, primero con el pie y posteriormente con la mano.
La Fiscalía rebaja la pena
Poco después y con el mismo ánimo, el procesado se aproximó a la hija de la mujer, una menor de catorce años, que se encontraba en el exterior de la piscina efectuándole tocamientos en el pecho. Madre e hija interpusieron una denuncia ese mismo día por estos hechos por los que la Fiscalía solicitaba provisionalmente seis años y medio de prisión por dos delitos de agresión sexual, uno de ellos a menor de 16 años.
Durante la vista oral celebrada este miércoles en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, el acusado ha accedido a un acuerdo de conformidad tras plantear la Fiscalía una rebaja en la petición de cárcel, de cuatro a dos años por agredir presuntamente a la menor; y de dos años y seis meses, al pago de una multa por hacer lo propio a la madre.
Orden de alejamiento y libertad vigilada
Así, la Sala ha decretado la suspensión de la ejecución de la pena por un plazo de tres años, siempre y cuando el acusado cumpla con lo acordado. Esto es el pago de una indemnización de 6.000 euros a cada una de las víctimas por daños morales y una orden de alejamiento que le prohíbe aproximarse a menos de 200 metros de cualquier lugar en el que se encuentre la menor ni comunicarse con ella durante los próximos cinco años. De esta manera, el acusado evita entrar en prisión aunque permanecerá en libertad vigilada.
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