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Condenados a 20 y 12 años de prisión los dos principales implicados en la violación grupal a la niña de la Vall d'Albaida

El tribunal absuelve a los otros dos acusados al no ver acreditados los delitos de agresión sexual y corrupción de menores que se les imputaba

El abogado de la víctima de la manada de la Vall d'Albaida: "todas las pruebas confirman la culpabilidad de los acusados"

El abogado de la víctima de la manada de la Vall d'Albaida: "todas las pruebas confirman la culpabilidad de los acusados" / Teresa Domínguez

Abraham Pérez

Abraham Pérez

Valencia

Solo dos de los cuatro acusados de violar en manada a una menor de catorce años en un paraje de una localidad de la comarca de Vall d’Albaida entrarán en prisión. En concreto, la Sección Quinta de la Audiencia provincial de Valencia ha condenado a Simeón Stefanov y a Stefan Simeonov a sendas penas de 20 y 12 años de cárcel por el delito de abuso sexual a menor de 16 años cometido la madrugada del 27 de septiembre de 2020 contra una niña de catorce años a la que habían conocido durante la celebración de un cumpleaños.

En un momento de la noche, los dos acusados, conscientes de la "notable diferencia de edad y grado de desarrollo entre ellos y la menor", y aprovechándose precisamente del estado de la niña por el consumo de alcohol, la apartaron a un paraje natural para someterla a diferentes prácticas sexuales, con acceso carnal. Hasta quince personas participaron de uno u otro modo en esta primera agresión sexual, aunque finalmente solo dos de ellas fueron encausadas.

Actuaron "sin ningún tipo de escrúpulos"

Esa misma noche, horas después, la niña fue víctima de una segunda agresión sexual cometida en una vivienda deshabitada de otro municipio, a la que acudió después de que el principal condenado, de 19 años, contactara con ella para proponerle mantener sexo con otro de los acusados. Por estos hechos el Tribunal ha condenado a veinte años de prisión al principal acusado, quien se escudó en el consumo de alcohol y alegó no recordar nada porque "estaba muy borracho", frente a los 24 años que solicitaban inicialmente tanto el Ministerio Fiscal como la acusación, ejercida por el letrado Juan Molpeceres, al ver probado que tanto él como el resto de los agresores actuaron "sin ningún tipo de escrúpulos" y "con un total desprecio por la víctima".

El abogado de la víctima de la manada de la Vall d'Albaida: "todas las pruebas confirman la culpabilidad de los acusados"

El abogado de la víctima de la manada de la Vall d'Albaida: "todas las pruebas confirman la culpabilidad de los acusados" / Teresa Domínguez

El otro acusado deberá de pasar doce años en la cárcel por un delito de agresión sexual a menor de 16 años. Además, ambos deberán indemnizar a la víctima con 50.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños morales ocasionados, que la menor "los empezó a sufrir prácticamente en el mismo momento en que la dejaron sola, llorando en el paraje, y sometida a un proceso de humillación grave", según recoge la resolución judicial. La sentencia, susceptible de recurso de apelación, impone también la prohibición a los acusados de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 200 metros o comunicarse con ella por un tiempo de 16 años, y cinco años de libertad vigilada, a cumplir con posterioridad a la pena impuesta.

Absueltos los otros dos acusados

Respecto a los otros dos encausados, la resolución judicial declara su libre absolución al no ver acreditados los hechos que se les imputaba. A uno de ellos se le acusaba de un delito de corrupción de menores por pedir a la menor que le practicara una felación a cambio de llevarla en coche a su casa. El Tribunal concluye que no hay indicios suficientes de que el acusado hiciera dicha propuesta y remarca que a pesar de la negativa de la menor este finalmente accedió a llevarla.

También absuelve al cuarto encausado, a quien se le acusaba de un delito de agresión sexual por participar en la violación grupal a la menor, cometida esa misma noche, horas después, en una vivienda deshabitada de otro municipio. El joven admitió ante la Sala haber acudido a la vivienda tras ser invitado a participar en un trío, aunque remarcó que se fue poco después porque "estaba todo muy oscuro". El Tribunal ve probado que debido a la falta de visibilidad el acusado "no estaba en posición de plantearse la edad que podía tener la persona con la que participó" y subraya que "no hay prueba de cargo suficiente para condenarle como autor de un delito de abuso sexual".

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