El crimen del canónigo ya tiene responsable: el único acusado, culpable de asesinato
El jurado ve probado que Miguel Tomás V. N. tenía un plan preestablecido con otra persona, no identificada, para matar a Alfonso López Benito y robarle sus objetos de valor

Comienza el juicio por el crimen del canónigo de la Catedral de València / Germán Caballero
El crimen del canónigo emérito de la Catedral de València, Alfonso López Benito, asesinado la noche del 21 de enero de 2024 en el piso de la calle Avellanas que el Arzobispado le había cedido, ya tiene responsable. Miguel Tomás V. N., el único acusado por este asesinato, estableció un plan junto a un acompañante no identificado, el autor material del crimen, con la intención de matar al sacerdote y hacerse con sus objetos de valor.
Así lo ha declarado probado el jurado popular en su veredicto, que ha declarado al detenido culpable de los delitos de asesinato, robo con violencia y estafa por los que se enfrenta a una pena global de 28 años de cárcel. Los miembros del jurado consideran que Miguel Tomás no fue la persona que asfixió al cura y ven probado que el autor material del crimen fue una persona que no ha sido identificada.
De lo que no han tenido ninguna duda, y así lo han votado por mayoría, es que el acusado fue cooperador necesario para cometer un crimen que ya tenía planificado, y que incluía desde el principio la muerte del canónigo, una muerte que, según ha remarcado el portavoz del jurado, "no fue accidental".
El jurado considera que estuvo en el piso
Según el veredicto, leído este martes en la sala de jurado de la Audiencia Provincial de Valencia, Miguel actuó de común acuerdo con esta persona, a la que el acusado identificó como Manuel, un temporero colombiano al que conocía de trabajar en el campo. Fue este desconocido el que entró en el piso y asfixió a la víctima durante unos minutos hasta causarle la muerte, usando un mecanismo combinado de estrangulación y sofocación.
Durante los registros practicados por el Grupo de Homicidios en el piso donde se cometieron los hechos, los investigadores no hallaron ningún rastro de ADN del acusado. Sin embargo, el tribunal popular ve probado que este se encontraba en el lugar de los hechos, y colaboró el asesinato de Alfonso, al que conocía, a sabiendas de que no tenía oportunidad de defenderse.
El tribunal ve pruebas que acreditan que, tras acabar con la vida del sacerdote, el autor material del crimen se apropió de las tarjetas y el móvil de la víctima y se las entregó a Miguel, quien le había indicado dónde guardaba el cura los objetos de valor. Durante el juicio, el acusado reconoció estos hechos y aseguró que hicieron el intercambio en una plaza próxima a El Corte Inglés.
El jurado, sin embargo, considera en su veredicto que Miguel recibió los objetos de Alfonso en el piso del cura, una vez asesinado, y que al conseguirlos, utilizó las tarjetas para pagar compras y consumiciones por valor de algo más de 800 euros. Además, efectuó cuatro retiradas de efectivo por un importe de 1.800 euros que se repartió con su cómplice.
Para conseguir el PIN de la tarjeta bancaria, Miguel llamó hasta en nueve ocasiones a Cajamar haciéndose pasar por el sacerdote -algunas de estas llamadas fueron reproducidas durante el juicio- aunque finalmente consiguió el código porque la víctima lo tenía anotado en un papel que guardaba en la funda del móvil.
El fiscal pide 28 años de cárcel
Tras la lectura del veredicto, el fiscal ha mantenido la petición de 28 años de cárcel para el acusado: 20 por el delito de asesinato, cinco por el robo con violencia y tres más por el delito de estafa continuada. El abogado de la defensa, por su parte, ha solicitado al presidente del Tribunal que las penas que se le impongan a su representado "sean moderadas", y ha mostrado su decisión de recurrir la sentencia.
Los miembros del jurado se han pronunciado en contra de cualquier posibilidad de indulto para el acusado. Ahora, será el presidente del Tribunal quien, en última instancia, acuerde la pena de prisión para Miguel tras concluir un juicio que ha quedado visto para sentencia.
Un caso complejo
Era un caso complejo, pero el magistrado José Antonio Mora Alarcón, que ha presidido el tribunal popular que ha enjuiciado el crimen del canónigo emérito de la Catedral Valencia, Alfonso López Benito, a lo largo de seis días, lo ha hecho fácil: ha simplificado el trabajo de los nueve miembros del jurado que han decidido el destino del único acusado por este asesinato, Miguel Tomás V. N. El primer bloque de ocho preguntas era la tesis del fiscal, Antonio Gastaldi: el acusado no estranguló ni asfixió con sus manos al cura, pero sí estuvo delante y cooperó en la trama para robarle, propiciando que le abriera la puerta porque lo conocía y cogiendo las tarjetas del lugar donde sabía que las guardaba el sacerdote.
El segundo bloque, por contra, con el mismo número de cuestiones, asumía la versión del acusado y su defensa, ejercida por el penalista Jorge Carbó: Miguel Tomás nunca subió al piso, no presenció el crimen y no supo de la muerte de Alfonso hasta día y medio después; eso sí, se aprovechó de las tarjetas robadas por el autor material del crimen, con las que compró ropa y calzado, comió en bares baratos y se compró un móvil de 299 euros porque el suyo lo perdió la noche siguiente del crimen tras tomar unas copas.
Finalmente, tras día y medio de deliberación, el jurado, apoyándose en todos los indicios que incriminaban al único detenido -expuestos durante el juicio- ha comprado al completo, y por mayoría, la tesis defendida por el Ministerio Público.
Sin presencia de familiares
El cuerpo de López Benito fue hallado sin vida la mañana del 23 de enero de 2024, a las 10.45 horas, desnudo en su cama y cubierto por una sábana. Los informes forenses presentados en la cuarta sesión fueron determinantes y revelaron que el cura falleció por asfixia, y que su asesino usó un mecanismo combinado de estrangulación y sofocación que duró varios minutos.
Una curiosidad muy poco habitual: pese a tratarse de un asesinato y de que el juicio ha durado una semana entera, no ha habido presencia de familiares de la víctima -ni de sus parientes directos ni de esa otra familia a la que perteneció por elección desde su juventud, la Iglesia- en ninguna de las seis sesiones. Ni siquiera del Arzobispado de València a cuyo órgano de Gobierno pertenecía desde 2015, cuando fue nombrado canónigo de asuntos jurídicos.
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