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Cocaína en València

La Fiscalía antidroga da con la clave para anular la sentencia que absuelve a los narcos valencianos de la trama Sky

La acusación pública, que espera una condena, pide al TSJ que obligue a la Audiencia a valorar la prueba, los miles de mensajes desencriptados en los que los 14 acusados hablaban a tumba abierta de la introducción de 1.650 kilos de cocaína, ya que no ha decretado su nulidad

Defiende que el hecho de que la prueba digital carezca de 'hash' o firma digital no la invalida, porque la propia sentencia admite que no se han vulnerado derechos fundamentales

Los presuntos narcos de la trama Sky, en el banquillo por los 1.650 kilos de cocaína de la pandemia

Levante-EMV

Teresa Domínguez

Teresa Domínguez

València

Cuando la sección tercera de la Audiencia Provincial de València hizo pública, el 23 de enero, su decisión de absolver a los 14 acusados de haber introducido 1.650 kilos de cocaína por el Puerto de València en plena pandemia, en agosto de 2020, provocó un terremoto jurídico y judicial no solo en València o en España, sino también en todos y cada uno de los países europeos que han encarcelado a cientos de narcos con la misma prueba a la que aquí no se le ha dado credibilidad.

La crisis desencadenada, con los altos tribunales y las fiscalías de los principales estados europeos llamando a las puertas de sus colegas españoles para pedir explicaciones y los teléfonos echando humo, desembocó en una reunión al más alto nivel convocada por la fiscal de Sala Rosa Ana Morán, jefa de la Fiscalía Especial Antidroga, celebrada en Madrid el 27 de enero, cuatro días después de conocerse la sentencia absolutoria.

Mientras, en las filas contrarias, entre las que se encuentran los considerados narcos más importantes de València, cuyos nombres llevan décadas saliendo a relucir en buena parte de las investigaciones policiales y judiciales sobre las organizaciones que usan el puerto valenciano para introducir toneladas y toneladas de cocaína recién llegada del continente suramericano, no daban abasto a descorchar botellas para celebrar la decisión judicial que les dejaba limpios de polvo y paja pese al contenido incriminatorio de esos mensajes, llenos de fotos, confesiones, detalles íntimos y fanfarronadas, enviados a través de ese sistema de mensajería encriptada.

Ellos y sus abogados -casi todos los primeros espadas de Valencia en materia penal- habían ganado el primer round convenciendo a los tres magistrados, dos mujeres y un hombre -este último, el ponente de la sentencia-, de que la única prueba esgrimida contra ellos, esos mensajes de Sky ECC, había sido obtenida de una manera ilegal y, por tanto, era nula. Pero el combate no ha concluido.

Los 14 acusados, ayer, ocultan sus rostros durante la primera sesión del juicio por la mensajería Sky.

Los 14 acusados ocultan sus rostros durante la primera sesión del juicio por la mensajería Sky. / Levante-EMV

La prueba nunca fue declarada nula

De esa cumbre madrileña salió la validación del recurso planteado por el fiscal delegado antidroga de València, que acudió a la reunión con la estrategia ya trazada. Simple, pero certera. Del análisis de la sentencia absolutoria se extraen varias conclusiones, la principal, que a lo largo de la primera treintena de folios la terna de jueces rechaza todos y cada uno de los ataques desde distintos flancos intentados por las defensas.

El tribunal niega, así, que se alterara la cadena de custodia de la prueba -la trazabilidad, por entendernos-, que haya habido problemas con los plazos de instrucción -el mismo tribunal ya había negado que lo hubiera mucho antes del juicio-, que no sea fiable la prueba -afirma el tribunal que la propia declaración de los agentes antidroga de la Guardia Civil garantiza tanto la fiabilidad como la no manipulación; incluso asume que no se produjo esa manipulación del contenido de los mensajes y da por bueno el método por el que se incorporó a la causa la única prueba contra los acusados, esos mensajes de Sky, a través de una Orden Europea de Investigación (OEI).

De hecho, recuerda el acusador público, "la propia sentencia recurrida da por válida la emisión y ejecución de la OEI; reconoce la legalidad de la investigación desarrollada por la autoridad judicial francesa y su canalización a través de los mecanismos de cooperación judicial europea; descarta expresamente la existencia de vulneración de derechos fundamentales en la obtención de la prueba; y afirma, en diversos pasajes, que no existe indicio alguno de manipulación de los mensajes, ni quiebra de la cadena de custodia, ni discrepancias relevantes entre la evidencia original y las copias de trabajo".

Sin embargo, y pese a rechazar todos esos argumentos de las defensas, determina en los dos últimos folios de la sentencia que debe absolver a los supuestos responsables de haber traído 1.650 kilos de cocaína a València (de los que se dejaron 117 dentro de un contenedor dentro del puerto por un problema logístico) porque los archivos que contenían esos mensajes carecían de firma digital o de hash -un código alfanumérico que genera la creación de cualquier archivo y que permanece inalterable por mucho que se reenvíe o descargue, salvo que alguien introduzca el más mínimo cambio en el contenido como, por ejemplo, un simple espacio-.

Intervienen en el Puerto de Valencia la mayor cantidad de cocaína en España en los últimos cuatro años

Agencia ATLAS

La sala ya había absuelto al jefe

Esas dos carencias técnicas han sido el clavo ardiendo al que se ha aferrado principalmente una de las defensas, la ejercida por el abogado penalista Miguel Ferrer en nombre del presunto jefe de todos los demás: Fernando M. S., que cumple actualmente una condena de 19 años de cárcel por otra carga de cocaína en el puerto interceptada durante la Operación Gorrión en octubre de 2008. Ironías de la vida judicial: la misma sala absolvió a ese narco en primera instancia, tras anular las escuchas telefónicas llevadas a cabo por la Guardia Civil por orden judicial, pero tuvo que condenarlo después, obligada por el Tribunal Supremo a emitir una nueva sentencia teniendo en cuenta esas intervenciones, que consideró válidas.

Hacía suyo el tribunal, así, el argumentario central de ese letrado, basada en una prueba pericial pagada en solitario por el presunto jefe de la organización, en la que los dos expertos contratados ponían de relieve que la ausencia de hash o de firma digital impedía garantizar la integridad y la autenticidad de los mensajes. Dicho de una manera clara: no había garantía informática de que los mensajes llevados a juicio fuesen idénticos a los captados por el equipo especial de la policía francesa, la belga y la neerlandesa que en menos de 15 días, entre febrero y marzo de 2021, desencriptaron 900 millones de mensajes a los 170.000 usuarios de Sky ECC en todo el mundo, en su mayoría, narcos, terroristas, mafias de crimen organizado y delincuentes de alta peligrosidad.

Y eso mismo que sucedió con Gorrión pide ahora el fiscal antidroga, que la instancia penal superior, el TSJCV en este caso, ordene a la sección tercera de la Audiencia que vuelva a redactar la sentencia, que a su juicio solo puede ser condenatoria, pero entrando a valorar la prueba, es decir, teniendo en cuenta el contenido de esos mensajes, ya que formalmente ni siquiera ha decretado su nulidad, un paso imprescindible para invalidar todo el proceso.

Carencia técnica no es igual a invalidación

Así, el acusador público incide en que "la ausencia de determinadas garantías técnicas", en referencia a la firma digital o el hash, "no convierte automáticamente la prueba digital en inválida". El fiscal afea de este modo al tribunal el hecho de que "la sentencia afirma que no hay nulidad ni indicios de manipulación, pero después prescinde de toda valoración material del contenido, transformando déficits técnicos en una regla automática de insuficiencia, lo que desemboca en una absolución puramente formal".

En definitiva, la Fiscalía se queja de que el tribunal haya despachado el caso sin entrar a valorar el contenido de esos mensajes, abrumadoramente incriminatorio para los acusados, quienes hablaban y escribían sin ninguna precaución, convencidos, de que la aplicación era impenetrable hasta que ese grupo policial especial logró reventar esa opacidad colocando un man in the middle, esto es, una trampa para captar las comunicaciones entre los clientes y la empresa de telefonía, lo que les dio todas las claves de acceso y con ellas, la capacidad de descargarse esos 900 millones de mensajes, algo que ha permitido, en estos años, detener, juzgar y condenar a miles de criminales en medio mundo.

Los últimos 541 kilos de cocaína retirados del mercado, que venían en una carga legal de especias. PUERTO DE VALÈNCIA . ALIJOS DE DROGAS . CONFISCADOS 541 KG DE COCAÍNA EN UN ENVIO LEGAL DE ESPECIAS

Cargamento de cocaína con el método de gancho perdido, confiscado en un contenedor en el Puerto de València. / Guardia Civil/Aduanas

Nombres, cumpleaños, fotos...

Ese equipo policial tripartito, bajo supervisión judicial de una corte parisina, empaquetó los mensajes por países y los fue enviando, también por delegación judicial, a cada juzgado que lo requería, en forma de enlace de descarga. En este caso, el EDOA de la Guardia Civil de Valencia, que ya conocía el asunto por esos 117 kilos hallados en 2020, analizó las identidades reales que se escondían detrás de cada alias o nick -el camuflaje en Sky incluía eliminar todo rastro de la identidad real de los clientes-.

No fue difícil, explicó el jefe de la investigación en el juicio y remarca ahora el fiscal, dar con los nombres de los presuntos implicados, y no solo porque fueran viejos conocidos de los investigadores: además de hablar con total desparpajo, por ejemplo, de cuánta cocaína iba para cada cliente y a cuánto se la iban a cobrar o cómo se iban a distribuir las ganancias, también se felicitaban los cumpleaños, aludían abiertamente a sus familiares -hijos, mujeres...-, o incluso, uno de los cabecillas, se hizo fotos con pilas de dinero o retrató paquetes de cocaína de ese mismo cargamento -tenían el mismo logo y en las mismas fechas que los 117 kilos abandonados en el contenedor- en lo que resultó ser el garaje de su chalé.

Pero hay más: otro, por ejemplo, pidió a uno de sus hombres que le gestionara un carné de conducir croata falso y el día que fue detenido llevaba, precisamente, un carné de conducir croata falsificado. Y otro más hizo foto a una denuncia por exceso de velocidad con la matrícula bien visible y la colgó, junto con un comentario jocoso en ese jugoso chat de grupo. Y así, un larguísimo etcétera.

En busca de la condena

Nada de eso, insiste el fiscal, ha sido valorado. "La sentencia de instancia incurre en una absolución puramente formal, al confundir una discusión técnico-pericial sobre el formato de los archivos con un defecto jurídico invalidante, en la medida en que, aun calificando la prueba como insuficiente, la trata en la práctica como una prueba nula carente de toda aptitud probatoria, pues ninguna explicación da a por qué la ausencia de lo que denomina firma digital y/o valor hash, o el hecho de que las defensas no hayan podido acceder a los datos en bruto obtenidos en una interceptación masiva, impedirían valorar (porque no lo valora) el contenido de las conversaciones efectivamente incorporadas a la causa".

Ahora, espera que el altro tribunal valenciano, como ya hizo el Supremo en su momento, dé un tirón de orejas a la sección tercera de la Audiencia y obligue a sus magistrados a emitir una nueva sentencia teniendo en cuenta esa prueba, los audios, vídeos, textos y fotos de esos cientos de miles de mensajes, que, considera, solo pueden conducir a un lugar: la condena de los presuntos narcos.

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