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El Tribunal Supremo confirma la prisión permanente para El Tuvi por torturar, violar y asesinar a Wafaa

El alto tribunal afea a la defensa haber intentado de nuevo dar la vuelta a los hechos probados y aún así, repasa el crimen extremadamente cruel, machista y de naturaleza "claramente" sádico sexual

La decisión, que el TS ha tardado solo seis días en tomar, garantiza que David Soler Oltra se quede en la cárcel durante las próximas dos décadas

El Tuvi, durante la vista en el TSJCV contra su condena a prisión permanente revisable

Teresa Domínguez

Teresa Domínguez

Teresa Domínguez

València

La magistrada del Tribunal Supremo (TS) Carmen Lamela es la tercera mujer que condena a David Soler Oltra por el despiadado y machista asesinato de Wafaa Sebbah, la joven de 19 años a la que mató en Carcaixent el 17 de noviembre de 2019 por el simple hecho de negarse a tener relaciones sexuales con él. Y esta vez, la máxima condena, la de prisión permanente revisable que ya le habían impuesto la magistrada que presidió el Tribunal de Jurado de la Audiencia de València, Regina Marrades, y la encargada de poner la sentencia del TSJCV, es definitiva: ya no habrá más recursos posibles porque ahora ya es firme.

Así que la decisión del TS, que llega solo seis días después de que el tribunal de cinco magistrados viese el recurso del asesino -la vista fue el 25 de febrero-, es decir, la mitad de tiempo que empleó el TSJ para resolver la cuestión, supone que Soler Oltra pase las próximas dos décadas en prisión por ese brutal crimen que cometió para ocultar la agresión sexual a la que sometió a la que, decía, era su amiga.

Wafaa tenía 19 años cuando fue torturada y asesinada. "Era una niña alegre y feliz con casi nada", dice su madre. WAFAA LA JOVEN DE LA POBLA LLARGA VIOALADA Y ASESINADA POR DAVID S.O " ALIAS " EN 2019

Wafaa tenía 19 años cuando fue torturada y asesinada. "Era una niña alegre y feliz con casi nada", dice su madre. WAFAA LA JOVEN DE LA POBLA LLARGA VIOALADA Y ASESINADA POR DAVID S.O " ALIAS " EN 2019 / TERESA DOMÍNGUEZ

La tenaz lucha de Soraya

Es el esperado fin de la lucha que han mantenido su madre, Soraya, su padre, Nabil, y sus dos hermanos desde el mismo día en que desapareció -tardaron dos años en encontrarla en el fondo de un pozo de 16 metros- a través de sus abogados, los penalistas valencianos Jesús Ruiz de Valbuena, Juan Carlos Navarro e Isabel Carricondo, que han llevado de manera altruista la acusación particular a lo largo de todo este dilatado proceso.

Con una paciencia digna de elogio y una pedagogía más propia de una clase de Derecho Penal que de la respuesta a la que obliga un recurso de casación, la ponente de la sentencia, la jueza que encarceló a la cúpula del Procés, recuerda a la abogada de la defensa que las apelaciones al alto tribunal no tienen por objeto, ni pueden tenerlo, volver a valorar los hechos, algo que ya se hizo en el juicio con jurado. Así, le refresca -en realidad, la letrada se ha limitado a 'heredar' y limar el estrambótico recurso planteado por el anterior peculiar abogado de El Tuvi- que el Tribunal Supremo solo debe pronunciarse sobre si el proceso ha sido justo y realizado , porque los hechos ya han sido valorados, examinados y analizados en esa primera instancia.

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Pendiente de otro juicio por asesinato doble

Aun así, como ya hiciera su antecesora, la magistrada Pía Calderón como ponente de la sentencia del TSJCV recurrida, vuelve a desmontar una a una a lo largo de 41 folios las pretensiones de la abogada del asesino, que aún tiene pendiente otro juicio por asesinato, el de Isabell Elena Raducanu, la mujer embarazada de seis meses a la que presuntamente estranguló con un mataleón -su técnica preferida para dejar inconscientes a las mujeres que se oponen a sus caprichos- para matarla a continuación de 36 cuchilladas en casa de ella, en Xàtiva, el 11 de junio de 2019, cinco meses y seis días antes que a Wafaa.

Lamela no solo recoge lo que ya habían expuesto y argumentado sus predecesoras, sino que, haciendo gala de un profundo conocimiento del caso, le detalla al recurrente por qué están probados todos y cada uno de los delitos por los que fue condenado. Repasa el "clima de dominación, hostilidad verbal y connotación sexual unilateral mantenida por el acusado" antes del crimen que, recuerda, "se sustentan fundamentalmente en los mensajes de contenido inequívocamente cosificador y agresivo que éste dirigía a la víctima, en ocasiones con expresiones sexualmente explícitas y descalificaciones que revelaban desprecio hacia su condición de mujer y hacia su origen [Wafaa era de origen argelino]".

Parafraseando a la ponente de TSJCV, vierte que "ese conjunto probatorio no solo es válido por sí mismo, sino que constituye el contexto indispensable para comprender la dinámica posterior de violencia y sometimiento".

"Te voi a sekuestrar"

Por si quedaba alguna duda, reproduce -con toda su reveladora incorrección gramatical- esos mensajes («te voi a sekuestrar», «sinkieres k agamos algo. Sexo duro», «esperandote en mi cama», o «kiero.Comerte. El xixi. Depilao») y explica que evidencian la motivación sexual, machista y de desprecio al origen de la joven que tuvo su asesinato. Vuelve a incidir en que estaba "obsesionado con ella y que se veían con frecuencia, rechazándolo sexualmente ella, siendo descrito por los forenses como una persona violenta, con cambios rápidos de humor y obsesionado con el sexo y las mujeres", algo que reiteraron, recuerda también la magistrada, sus amigos cuando declararon en el juicio.

Y recupera uno de los testimonios que más daño le hicieron al criminal -y que por eso mereció las iras del entonces abogado de Soler Oltra-: el de un compañero de celda en la cárcel valenciana de Picassent quien afirmó ante el jurado que El Tuvi le confesó en prisión que había violado a Wafaa. No era necesario, recuerda la magistrada, porque hubo sobradas pruebas de esa agresión sexual, desde la situación del cadáver -estaba desnuda de cintura para abajo- a la de su ropa -el pantalón, dado la vuelta; el sujetador, cortado entre las copas; la braga, arrojada sobre el cadáver tras haber tirado a Wafaa, aún agonizante, al fondo de ese pozo de la finca familiar de los Soler Oltra-, pasando por el resto de elementos -la cabeza totalmente encintada, el terror del sometimiento, el acoso sexual previo, el arrancamiento violento de la ropa...- que llevó a la Unidad de la Conducta de la UCO de la Guardia Civil a calificar el crimen de sádico-sexual con ánimo de dominación machista y sometimiento claro con elementos de bondage.

"Un patrón de agresión lento, prolongado y degradante"

Frente a esas certezas abrumadoras, fruto de la intensa investigación llevada a cabo por el grupo de Homicidios de la Guardia Civil de València y el de la UCO, lo único que hizo el acusado fue aportar unas declaraciones "artificiosas, que presentan contradicciones y no cuentan con elemento alguno de corroboración". La magistrada vuelve a exponer la peregrina explicación de Soler Oltra y su abogado de que Wafaa le había atacado porque él no le había dado el dinero que le pedía -ha expuesto eso mismo en el caso de una exnovia a la que estuvo a punto de matar estrangulándola con un mataleón casi un año después que a Wafaa y de la que se considera su primera víctima, Isabell- y que la había matado accidentalmente o de que se había quitado la ropa voluntariamente. Todo ello, argumentos irracionales, acentúa, frente a los "racionales, lógicos y coherentes" del jurado y de las dos magistradas precedentes.

También repasa los mecanismos de tortura y sufrimiento empleados -la tiroteó con una escopeta de perdigones mientras la tenía desnuda, con los ojos vendados y maniatada hasta los codos y le clavó al menos tres veces un cuchillo- para certificar, por tercera y última vez, que esas acciones sustentan el ensañamiento -aumentar deliberadamente el dolor y padecimiento de la víctima con lesiones innecesarias para darle muerte: "Hay un patrón de agresión lento, prolongado y degradante",- y que la alevosía -impedir a la víctima que se defienda- está más que probada, entre otros hechos, porque el "ataque premeditado" lo llevó a cabo en un chalé familiar aislado y tras engañar a Wafaa, a quien recogió con la intención ya desde el principio de "mantener algún tipo de conducta sexual" con ella, para luego someterla a la retahíla de torturas mientras la tenía atada y desnuda, para finalmente arrojarla a ese pozo de riego de 16 metros de profundidad, con una azada atada al tobillo como lastre, causándole numerosas y dolorosas fracturas.

"La agravante de machismo no exige militancia"

En cuanto a la agravante de motivación machista, que también discute desde el principio la defensa, Carmen Lamela vuelve a ser tan clara como Pía Calderón y Regina Marrades: "Su acción revela un patrón transversal de dominación, desprecio y cosificación de la víctima por el hecho de ser mujer, manifestado en los mensajes misóginos y degradantes -"cállate la puta boca", "vacila a tu puta madre", "la mora al río", etc-; la agresión sexual previa no consentida; la cosificación y utilización de la víctima como un mero objeto y la intencionalidad de humillación y sufrimiento; "la convirtió en un objeto para su satisfacción sexual", cierra, citando la sentencia del TSJ. Y, por si a alguien no le había quedado claro qué significa la motivación machista, remata magistralmente aseverando que "la agravante no exige militancia ideológica ni explicitación doctrinal; basta con que los hechos expresen un móvil de dominación por razón de género".

Dedica los últimos tres folios a explicarle por qué, ni ella, ni las otras dos magistradas, ni el jurado, consideran que tenga razón al exigir circunstancias atenuantes para huir de la prisión permanente: porque nunca colaboró de manera efectiva en resolver el caso, porque no está probado que consumiera alcohol y drogas en cuantía necesaria como para que le influyera y porque tenía pleno control de su capacidad de entender y de querer, es decir, no tenía afectadas sus capacidades mentales, como pretendía.

De hecho, le recuerda que "antes al contrario", ya que sus acciones aquel domingo, 17 de noviembre de 2019 por la tarde, "describen una sucesión ordenada y escalonada de actos -agresión sexual, lesiones con arma blanca, disparos de escopeta, ataduras y precintado de la cabeza- radicalmente incompatible con cualquier perturbación emocional transitoria".

Por todo ello, rechaza su recurso en casación, confirma las condenas anteriores -tanto la cárcel, esa prisión permanente más otros 8 años por agresión sexual, como las indemnizaciones a la familia, que seguramente nunca pagará- y le obliga a pagar las costas de haber elevado, en esas condiciones, sus pretensiones hasta la más alta -y última- instancia penal española.

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