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Tres años de cárcel por abusar de una niña de diez años en la playa de la Malva-rosa

El agresor asaltó a la menor mientras nadaba en el mar y trató de huir a nado después de que la madre pidiera ayuda a un grupo de bañistas

A la izquierda, el acusado de abusar de una niña de nueve años en la playa de la Malva-rosa y a su lado, con gorra naranja, su intérprete.

A la izquierda, el acusado de abusar de una niña de nueve años en la playa de la Malva-rosa y a su lado, con gorra naranja, su intérprete. / A. Pérez

Abraham Pérez

Abraham Pérez

València

A pesar de las excusas y los intentos desesperados por evitar la celebración del juicio, el hombre que abusó de una niña de diez años en la playa de la Malva-rosa mientras la pequeña se bañaba en el mar ha sido condenado a tres años de prisión por un delito de agresión sexual. Así lo ha dictado el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia al ver probado que el acusado, un maliense de 32 años en situación irregular en el país, realizó tocamientos y actos claramente de contenido sexual a la niña sin que esta tuviera posibilidad de consentirlo ni de defenderse debido a la diferencia de edad, corpulencia y fuerza.

La sentencia incluye la prohibición de comunicarse ni aproximarse a menos de 500 metros de la niña durante seis años y otros seis años de libertad vigilada a partir del cumplimiento de la pena. Unas medidas que a priori no tendrá que cumplir ya que el agresor será expulsado de España una vez cumpla la mitad de la pena en un centro penitenciario y no podrá regresar al país hasta pasados ocho años, como solicitaron tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular. La magistrada rechaza la petición del acusado, que se oponía a abandonar el país, debido a la gravedad del delito cometido y la forma en la que lo llevó a cabo, y carecer de arraigo, trabajo y conocimiento de la lengua.

Trató de huir a nado

La agresión sexual se produjo la tarde del 23 de abril de 2025 en la playa de la Malva-rosa de València, a la altura del hospital que recibe este mismo nombre, donde la menor se estaba dando un baño. Según los hechos declarados probados, sobre las 18.45 horas, el agresor vio a la niña nadando, se introdujo en el agua y la asaltó por detrás, sujetándola con ambos brazos por la cintura mientras enroscaba su pierna con la de ella. La menor trató de resistirse hasta que en un momento dado sufrió un calambre que la paralizó. Situación que aprovechó el ahora condenado para frotarle su entrepierna a través del bañador en uno de sus muslos mientras intentaba besarla. Para quitárselo de encima, la niña le pellizcaba y le clavaba las uñas.

Lejos de deponer su actitud, el agresor continuó abusando de la niña, a la que cogió de los glúteos para acercarla más a él e intentar meterle mano por debajo del bañador. Esta intentó apartarlo y deshacerse de él sin éxito mientras el hombre seguía abusando de ella. Al observar desde la orilla lo que le ocurría a su hija, la madre entró vestida en el agua para rescatarla. En ese momento, el ahora condenado soltó a la pequeña y trató de huir a nado dirigiéndose a la zona de la playa de la Patacona.

Cuando la progenitora salió del agua con su hija, llamó al 112 y pidió ayuda a un grupo de chicos, quienes consiguieron retener al hombre hasta la llegada de la Policía Nacional, que procedió a su detención en colaboración con agentes de la Policía Local de València. Ese mismo día la madre interpuso la pertinente denuncia en la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional de València. Dada la gravedad de los hechos que se le imputaban y apreciar el riesgo de fuga, la jueza acordaba su ingreso en prisión, donde tendrá que pasar unos meses más antes de ser expulsado del país.

Vulnerar la indemnidad de la niña

La condena se basa en la declaración "clara y contundente" que la menor efectuó ante los agentes, reproducida durante el juicio, y que fue corroborada posteriormente tanto por su madre como por varios testigos que estaban esa tarde en la playa, y que durante el juicio declararon que vieron a la niña "superagobiada". La menor, por su parte, fue sometida a una exploración por un médico forense de guardia que descartó que hubiera habido acceso carnal. En dicha exploración manifestó que llegó un momento en que se ahogaba y que el acusado la cogió entonces por los glúteos y aprovechó para tocárselos e intentar meter la mano.

Además de la declaración "clara y coherente" de la víctima y de no apreciar un móvil espurio en la denuncia, el tribunal ha tenido en cuenta las declaraciones de la madre y de los testigos, quienes ratificaron los hechos e identificaron plenamente al agresor durante el juicio. El fallo ve probado que el ahora condenado actuó "con claro ánimo de vulnerar la indemnidad de la niña", poniendo en riesgo el desarrollo normal de su personalidad y de su libertad sexual. De ahí que finalmente lo condene a tres años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de edad, un año menos del que solicitaban las acusaciones.

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