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Tribunales

Las “mulas” de la banca digital: una extorsión encadenada de transferencias instantáneas

Un joven de Burjassot acepta un año de cárcel tras recibir ingresos, vía teléfono, que no eran suyos

Los extorsionadores se nutren de las redes sociales para las amenazas y de cuentas ajenas para transferir el dinero

La Audiencia de València ha acogido el juicio por esta modalidad de estafa

La Audiencia de València ha acogido el juicio por esta modalidad de estafa / Daniel Tortajada

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València

Hacen ingresos por teléfono a desconocidos para después reclamar las cantidades que va recibiendo en su cuenta bajo extorsión o amenaza a esa persona o sus familiares. Una modalidad de delito que llega de la otra parte de Europa y que en València ya se ha cobrado muchos casos.

Primero se detecta un ingreso inesperado y así sucesivamente hasta que se recibe la llamada para que se reintegre en otra cuenta. Son las “mulas” económicas de la banca digital. Algunas o algunos no saben que, tras esos ingresos que hay que devolver, se esconden amenazas y extorsiones.

La Fiscalía pedía dos años de cárcel para un joven de Burjassot a quien acusaba de extorsión, junto a otras personas no identificadas, y que amenazaron a un tercero con hacerle daño a él o a su familia. Así, el 16 de octubre de 2023, la víctima, movida por el temor de las amenazas, envió por Bizum el dinero al teléfono del acusado.

La Sección Quinta de la Audiencia de València ha condenado a R. D. A., como autor de un delito de extorsión, a un año de cárcel y a que indemnice con 2.130 euros a la persona que le hizo una transferencia instantánea por teléfono.

Una transferencia que no conocía

La defensa del acusado, ejercida por el equipo de García & Asociados, conseguía reducir de dos a un año de prisión la condena, así como la inexistencia del blanqueo de capitales imprudente, pues su cliente ni ocultó ni transformó bienes ilícitos. Por ello aceptaron la conformidad y solicitaban la suspensión de la condena por tres años sin delinquir y el abono de la cantidad detraída a razón de 110 euros durante 24 meses a partir del uno de julio. La sentencia, dictada “in voce”, es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

El joven no se había gastado el dinero y “no se podía acreditar la extorsión, pues él era una víctima más al recibir dinero de otro extorsionado, no había participado” señala su letrado, recordando que el grupo de delincuentes utiliza cuentas que no son suyas —como la del condenado— y cuando se denuncia, se hace contra la cuenta donde ha ido el dinero. Y se explica que la extorsión ha consistido en "amenazas a la persona, a sus familiares, incluso nombran el colegio al que van sus hijos o hijas, todo ello con información extraída de las redes sociales". Es más, el condenado “fue a su banco a notificar que le habían realizado una transferencia que no conocía, que la devolvieran” indican desde García & Asociados.

El chico, que acudió acompañado de su padre al juicio, reconocía los hechos respecto a que recibió las transferencias instantáneas, que no amenazó a nadie, que desconocía quién se las había hecho, y comprometiéndose a no delinquir en los próximos tres años.

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