Cocaína en València
La Audiencia impone fianzas de 12.000 euros a los principales narcos de la trama Sky para evitar que entren en prisión
El fiscal antidroga había pedido prisión para los seis principales condenados, alegando que también están investigados en otras causas judiciales por importantes cargamentos de cocaína
La solicitud de encarcelamiento se produce a raíz de que los 14 investigados por la importación de 1.650 kilos de cocaína en 2020 fueran condenados a una pena global de 147 años y medio de cárcel por la misma sala que ahora fija fianzas mínimas
Dos de ellos, líderes del Cártel del Puerto, acaban de salir de la cárcel por la Operación Spider tras pagar 100.000 euros y con la obligación de acudir a diario al juzgado

Levante-EMV

La sección tercera de la Audiencia de Valencia ha decidido elegir la calle de en medio con los narcos valencianos condenados a casi 150 años de cárcel por la importación, en 2020, de 1.650 kilos de cocaína en la denominada causa por la trama Sky. La Fiscalía antidroga había solicitado hace un par de semanas que cinco de los principales condenados, Onofre G. R., Iván T. R., Borja M. R., Jokin L. A. y Daniel S. R., fueran encarcelados en atención a esas elevadas condenas, que no son firmes, pero sí suficientemente severas como para tentarles a huir para eludirlas.
Pues bien, celebrada esa comparecencia de prisión este jueves, 16 de julio, en presencia de los acusados, la sala ha resuelto que dicta autos de prisión, pero eludible con fianzas tan bajas que no hay ninguna duda de que todos ellos podrán esperar en libertad el resultado de los recursos que sus defensas interpondrán ante el TSJ, recorrido que continuará en el Tribunal Supremo si el alto tribunal valenciano, como es de esperar por sus resoluciones anteriores, confirma la condena de la Audiencia.
De 100.000 a 12.000 euros
Para los cuatro principales, entre ellos los dos presuntos jefes del Cártel del Puerto, Iván T. R. y Borja M. R., desmantelado con la Operación Spider, impone fianzas de 12.000 euros, mientras que para el menos relevante, Daniel S., la rebaja a 10.000.
El fiscal especial antidroga de València había pedido prisión para los cinco alegando que todos ellos tienen pendientes otras investigaciones a las que, en caso de condena, se les presuponen penas similares a las impuestas ahora, lo que eleva el riesgo de fuga para no terminar sus días en prisión. Es más, muchos de esos procedimientos por importación de grandes alijos de cocaína están muy avanzados, con los respectivos juicios en ciernes.
Por contra, sus abogados, entre ellos algunos de los más destacados penalistas de València, como Juan Carlos Navarro, Andrés Zapata, Patricia Cogollos o Miguel Ferrer, contraatacaron con lo evidente: que no hay más condenas que esta, que ni siquiera es firme, que todos ellos tienen arraigo familiar, laboral y social y, sobre todo, que hasta ahora han cumplido escrupulosamente no solo con las medidas que les impuso en su momento el juez de la plaza 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de València, que es quien llevó esta investigación de Sky, sino también con las exigidas por el resto de juzgados que los tienen en su punto de mira.
Y, por encima de todas, las estrictas medidas impuestas por el juez de la plaza 15 de Valencia a Borja M. R. y a Iván T. R., que habían logrado salir de prisión hace apenas tres semanas tras pagar sendas fianzas de 100.000 euros, notablemente superiores a esos 12.000 que se les piden ahora, y que desde ese momento han cumplido a rajatabla con la otra premisa dictada por el magistrado: su presentación diaria en el juzgado para firmar, dejando constancia de que, al menos de momento, no tienen intención de sustraerse a la acción de la Justicia.
Tienen dinero
La propia sala determina, en el auto dictado este viernes, 17 de julio, 24 horas después de esa comparecencia de prisión celebrada el jueves, que adopta estas nuevas medidas -tienen un plazo de tres días, que seguramente ni agotarán, para pagar esos 12.000 euros por barba- en atención a que de los miles de mensajes con la tecnología entonces encriptada de Sky que usaban para hablar a tumba abierta, y que han sido la base para su condena, se desprende que manejaban suficiente dinero como para planificar una huida duradera a destinos lejanos.
Así, cita una conversación en la que Onofre G. R. le decía al otro líder de la organización, Fernando M. S., el único que está ahora en la cárcel por que está cumpliendo una condena de 17 años de prisión por la Operación Gorrión desarrollada en 2008 por la Guardia Civil, que sería conveniente abandonar "la actividad que estaban desarrollando [en referencia al narcotráfico a gran escala] y desaparecer del domicilio ante la presión policial que estaban detectando" en aquel momento, 2020 y 2021. "Aunque luego no fuera así", se apresura a matizar la sala.
Por lo demás, mantiene el resto de medidas cautelares, mucho más beneficiosas que las impuestas por el juez de la plaza 15: comparecencias mensuales para firmar ante un juzgado y, como es habitual en cualquier proceso penal, prohibición de salida del territorio nacional, razón por la que tienen retirados sus pasaportes desde el año 2022.
La condena, un camino tortuoso
Llegar a la condena no ha sido un camino recto. La misma sala que los juzgó y que ahora ha emitido este auto, la tercera de la Audiencia de Valencia, condenó el 30 de junio a 147 años y medio de cárcel a los 14 los principales narcos de la ciudad de València, que habían sido absueltos en enero pasado por el mismo tribunal, por ese caso conocido como la trama de Sky por esos miles de mensajes incriminatorios que se intercambiaron por la antigua red encriptada, antes de que un equipo policial europeo reventase el algoritmo en febrero de 2021 y dejase al descubierto sus secretos.
Las principales condenas, de 16 años y 13 años y medio de cárcel, respectivamente, han sido para los principales cabecillas de la organización que importó 1.650 kilos de cocaína en dos contenedores el año de la pandemia, 2020, a través del puerto de València: Fernando M. S., condenado en la Operación Gorrión, y Onofre G. R., el dueño del gimnasio de Quart que siempre ha estado en todas las quinielas y nunca hasta ahora había sido condenado por narcotráfico.
Así mismo, condenaba a diez años y medio de cárcel al siguiente escalón de la trama, es decir, a seis de los 14 enjuiciados, entre ellos Iván T. R. y Borja M. R.
Con diez años y tres meses fueron condenados otros cuatro integrantes del grupo con labores menos importantes y a siete años de prisión los dos camioneros que ya habían sido investigados antes de la interceptación de los mensajes de Sky, después de que se dejaran en uno de los contenedores 117 kilos de cocaína porque ya no daban abasto para sacarlos del recinto portuario valenciano.
Casi 785 millones de euros de multa
Además, el fallo del tribunal les impone una multa global de 784.600.192 euros, que derivan del valor de mercado de esos 1.650 kilos que importaron desde Colombia y que vendieron desde una nave a la que llevaron toda la droga -menos la que se dejaron en el contenedor-, tal como se les lee en esas conversaciones de Sky, donde incluso mencionaban cuánto iban a cobrar a cada comprador o qué beneficio se llevaba cada uno de ellos.
El que mayor multa se lleva vuelve a ser Fernando M. S., el único que actualmente está en prisión, ya que cumple la condena de 17 años de cárcel que se le impuso en la Operación Gorrión. En su caso, son 60 millones de euros.
Cinco menos, 55 millones, deberá pagar Onofre G. R., mientras que los restantes doce acusados, incluidos Iván T. R. y Borja M. R., han sido condenados a pagar cada uno de ellos 52.800.000 euros en concepto de multa por ese cargamento de cocaína.

Los 14 acusados ocultan sus rostros durante la primera sesión del juicio por la mensajería Sky. / Levante-EMV
Una sentencia basada en el "narcodiario"
La sentencia es producto de la resolución del TSJCV, emitida en abril pasado, que anulaba la sentencia absolutoria de la Audiencia y obligaba al mismo tribunal a emitir un nuevo fallo, pero esta vez teniendo en cuenta la prueba fundamental, esos mensajes de Sky que el fiscal antidroga llegó a calificar de "auténtico narcodiario".
Por esa razón, la Fiscalía antidroga recurrió el fallo favorable a los sospechosos y reclamó ante al alto tribunal valenciano que la Audiencia dictase una nueva sentencia teniendo en cuenta el contenido de las conversaciones que delataban a los acusados.
Ese fallo supuso un jarro de agua fría para los presuntos narcotraficantes, que durante años habían estado bajo la lupa policial que les atribuía ser los principales gestores de la importación y distribución de toneladas de cocaína a través del Puerto de Valencia.
Con la decisión del TSJCV, que tardó apenas mes y medio en ser dictada pese a la complejidad de la sentencia de la sección tercera de la Audiencia de València y del recurso del fiscal, así como de los escritos presentados frente a este por las defensas, entre los que se encuentran varios de los mejores abogados penalistas de la ciudad, la partida volvía casi a la casilla de salida.
Sin un nuevo juicio
El casi deriva de que, tal como pidió el fiscal, el TSJ obligaba al tribunal sentenciador a emitir un nuevo fallo, pero no a repetir el juicio Eso sí, en la nueva sentencia les advierte que deberán tener en cuenta toda la prueba contra los acusados, que considera completamente válida, "especialmente", matiza, "la que deriva de la orden europea de investigación".
En otras palabras, los miles y miles de mensajes que intercambiaron sin tapujos ni cortapisas, con fotos y audios a tumba abierta incluidos, ya que hablaban con la tranquilidad de estar usando lo que creían la tecnología de encriptación más segura y menos vulnerable del mundo, Sky ECC.
Espaldarazo a Sky como única prueba de cargo
Y así fue hasta que un equipo mixto de policías franceses, belgas y holandeses reventaron esa encriptación en febrero de 2021 y dejaron al descubierto más de 900 millones de mensajes escritos y hablados sobre todo por narcotraficantes de primer nivel, terroristas, criminales de mafias internacionales y, en menor medida, ejecutivos de multinacionales y algún líder político.
La sentencia del TSJCV supone así no solo un espaldarazo al trabajo de la Fiscalía antidroga de Valencia y del equipo antidroga EDOA de la Guardia Civil, sino que es un balón de oxígeno para todos los procesos penales tanto en España como en el resto de Europa contra presuntos criminales capturados y enjuiciados con los mensajes de Sky como única prueba de cargo.
Un terremoto judicial y jurídico
De hecho, cuando la sección tercera de la Audiencia Provincial de València hizo pública, el 23 de enero, su decisión de absolver a los 14 acusados de haber introducido 1.650 kilos de cocaína por el Puerto de València en plena pandemia, en agosto de 2020, provocó un terremoto jurídico y judicial no solo en València o en España, sino también en todos y cada uno de los países europeos que han encarcelado a cientos de narcos con la misma prueba a la que aquí no se le ha dado credibilidad.
La crisis desencadenada, con los altos tribunales y las fiscalías de los principales estados europeos llamando a las puertas de sus colegas españoles para pedir explicaciones y los teléfonos echando humo, desembocó en una reunión al más alto nivel convocada por la fiscal de Sala Rosa Ana Morán, jefa de la Fiscalía Especial Antidroga, celebrada en Madrid el 27 de enero, cuatro días después de conocerse la sentencia absolutoria.
Mientras, en las filas contrarias, entre las que se encuentran los considerados narcos más importantes de València, cuyos nombres, como se ha dicho, llevan décadas saliendo a relucir en buena parte de las investigaciones policiales y judiciales sobre las organizaciones que usan el puerto valenciano para introducir toneladas y toneladas de cocaína recién llegada del continente suramericano, no daban abasto a descorchar botellas para celebrar la decisión judicial que les dejaba limpios de polvo y paja pese al contenido incriminatorio de esos mensajes, llenos de fotos, confesiones, detalles íntimos y fanfarronadas, enviados a través de ese sistema de mensajería encriptada.
Ellos y sus abogados -casi todos los primeros espadas de Valencia en materia penal- habían ganado el primer round convenciendo a los tres magistrados, dos mujeres y un hombre -este último, el ponente de la sentencia-, de que la única prueba esgrimida contra ellos, esos mensajes de Sky ECC, había sido obtenida de una manera ilegal y, por tanto, era nula. Pero el combate no ha concluido.
La prueba nunca fue declarada nula
De esa cumbre madrileña salió la validación del recurso planteado por el fiscal delegado antidroga de València, que acudió a la reunión con la estrategia ya trazada. Simple, pero certera. Del análisis de la sentencia absolutoria se extraen varias conclusiones, la principal, que a lo largo de la primera treintena de folios la terna de jueces rechaza todos y cada uno de los ataques desde distintos flancos intentados por las defensas.
La Audiencia negaba, así, que se hubiese alterado la cadena de custodia de la prueba -la trazabilidad, por entendernos-, que hubiese habido problemas con los plazos de instrucción -el mismo tribunal ya había negado que lo hubiera mucho antes del juicio-, que no fuese fiable la prueba -afirmaba el tribunal que la propia declaración de los agentes antidroga de la Guardia Civil garantizaba tanto la fiabilidad como la no manipulación; incluso asumía que no se produjo esa manipulación del contenido de los mensajes y dio por bueno el método por el que se incorporó a la causa la única prueba contra los acusados, esos mensajes de Sky, a través de una Orden Europea de Investigación (OEI).
De hecho, recordaba el acusador público, "la propia sentencia recurrida da por válida la emisión y ejecución de la OEI; reconoce la legalidad de la investigación desarrollada por la autoridad judicial francesa y su canalización a través de los mecanismos de cooperación judicial europea; descarta expresamente la existencia de vulneración de derechos fundamentales en la obtención de la prueba; y afirma, en diversos pasajes, que no existe indicio alguno de manipulación de los mensajes, ni quiebra de la cadena de custodia, ni discrepancias relevantes entre la evidencia original y las copias de trabajo".
Sin embargo, y pese a rechazar todos esos argumentos de las defensas, la Audiencia determinaba en los dos últimos folios de la sentencia absolutoria que debía exonerar a los supuestos responsables de haber traído 1.650 kilos de cocaína a València (de los que se dejaron 117 dentro de un contenedor dentro del puerto por un problema logístico) porque los archivos que contenían esos mensajes carecían de firma digital o de hash -un código alfanumérico que genera la creación de cualquier archivo y que permanece inalterable por mucho que se reenvíe o descargue, salvo que alguien introduzca el más mínimo cambio en el contenido como, por ejemplo, un simple espacio-.

Agencia ATLAS
La sala ya había absuelto al jefe
Esas dos carencias técnicas han sido el clavo ardiendo al que se ha aferrado principalmente una de las defensas, la ejercida por el abogado penalista Miguel Ferrer en nombre del presunto jefe de todos los demás: Fernando M. S., que cumple actualmente una condena de 17 años de cárcel por otra carga de cocaína en el puerto interceptada durante la Operación Gorrión en octubre de 2008. Ironías de la vida judicial: la misma sala absolvió a ese narco en primera instancia, tras anular las escuchas telefónicas llevadas a cabo por la Guardia Civil por orden judicial, pero tuvo que condenarlo después, obligada por el Tribunal Supremo a emitir una nueva sentencia teniendo en cuenta esas intervenciones, que consideró válidas.
Hacía suyo el tribunal, así, el argumentario central de ese letrado, basada en una prueba pericial pagada en solitario por el presunto jefe de la organización, en la que los dos expertos contratados ponían de relieve que la ausencia de hash o de firma digital impedía garantizar la integridad y la autenticidad de los mensajes. Dicho de una manera clara: no había garantía informática de que los mensajes llevados a juicio fuesen idénticos a los captados por el equipo especial de la policía francesa, la belga y la neerlandesa que en menos de 15 días, entre febrero y marzo de 2021, desencriptaron 900 millones de mensajes a los 170.000 usuarios de Sky ECC en todo el mundo, en su mayoría, narcos, terroristas, mafias de crimen organizado y delincuentes de alta peligrosidad.
Y eso mismo que sucedió con Gorrión pide ahora el fiscal antidroga, que la instancia penal superior, el TSJCV en este caso, ordene a la sección tercera de la Audiencia que vuelva a redactar la sentencia, que a su juicio solo puede ser condenatoria, pero entrando a valorar la prueba, es decir, teniendo en cuenta el contenido de esos mensajes, ya que formalmente ni siquiera ha decretado su nulidad, un paso imprescindible para invalidar todo el proceso.
Carencia técnica no es igual a invalidación
Así, el acusador público incide en que "la ausencia de determinadas garantías técnicas", en referencia a la firma digital o el hash, "no convierte automáticamente la prueba digital en inválida". El fiscal afea de este modo al tribunal el hecho de que "la sentencia afirma que no hay nulidad ni indicios de manipulación, pero después prescinde de toda valoración material del contenido, transformando déficits técnicos en una regla automática de insuficiencia, lo que desemboca en una absolución puramente formal".
En definitiva, la Fiscalía se queja de que el tribunal haya despachado el caso sin entrar a valorar el contenido de esos mensajes, abrumadoramente incriminatorio para los acusados, quienes hablaban y escribían sin ninguna precaución, convencidos, de que la aplicación era impenetrable hasta que ese grupo policial especial logró reventar esa opacidad colocando un man in the middle, esto es, una trampa para captar las comunicaciones entre los clientes y la empresa de telefonía, lo que les dio todas las claves de acceso y con ellas, la capacidad de descargarse esos 900 millones de mensajes, algo que ha permitido, en estos años, detener, juzgar y condenar a miles de criminales en medio mundo.

Cargamento de cocaína con el método de gancho perdido, confiscado en un contenedor en el Puerto de València. / Guardia Civil/Aduanas
Nombres, cumpleaños, fotos...
Ese equipo policial tripartito, bajo supervisión judicial de una corte parisina, empaquetó los mensajes por países y los fue enviando, también por delegación judicial, a cada juzgado que lo requería, en forma de enlace de descarga. En este caso, el EDOA de la Guardia Civil de Valencia, que ya conocía el asunto por esos 117 kilos hallados en 2020, analizó las identidades reales que se escondían detrás de cada alias o nick -el camuflaje en Sky incluía eliminar todo rastro de la identidad real de los clientes-.
No fue difícil, explicó el jefe de la investigación en el juicio y remarca ahora el fiscal, dar con los nombres de los presuntos implicados, y no solo porque fueran viejos conocidos de los investigadores: además de hablar con total desparpajo, por ejemplo, de cuánta cocaína iba para cada cliente y a cuánto se la iban a cobrar o cómo se iban a distribuir las ganancias, también se felicitaban los cumpleaños, aludían abiertamente a sus familiares -hijos, mujeres...-, o incluso, uno de los cabecillas, se hizo fotos con pilas de dinero o retrató paquetes de cocaína de ese mismo cargamento -tenían el mismo logo y en las mismas fechas que los 117 kilos abandonados en el contenedor- en lo que resultó ser el garaje de su chalé.
Pero hay más: otro, por ejemplo, pidió a uno de sus hombres que le gestionara un carné de conducir croata falso y el día que fue detenido llevaba, precisamente, un carné de conducir croata falsificado. Y otro más hizo foto a una denuncia por exceso de velocidad con la matrícula bien visible y la colgó, junto con un comentario jocoso en ese jugoso chat de grupo. Y así, un larguísimo etcétera.
En busca de la condena
Nada de eso, insiste el fiscal, ha sido valorado. "La sentencia de instancia incurre en una absolución puramente formal, al confundir una discusión técnico-pericial sobre el formato de los archivos con un defecto jurídico invalidante, en la medida en que, aun calificando la prueba como insuficiente, la trata en la práctica como una prueba nula carente de toda aptitud probatoria, pues ninguna explicación da a por qué la ausencia de lo que denomina firma digital y/o valor hash, o el hecho de que las defensas no hayan podido acceder a los datos en bruto obtenidos en una interceptación masiva, impedirían valorar (porque no lo valora) el contenido de las conversaciones efectivamente incorporadas a la causa".
Ahora, tras el tirón de orejas del alto tribunal valenciano, como ya hizo el Supremo en su momento, a la sección tercera de la Audiencia, sus magistrados han tenido que emitir esta nueva sentencia teniendo en cuenta esa prueba, los audios, vídeos, textos y fotos de esos cientos de miles de mensajes, que solo podía conducir a un lugar: la condena de los presuntos narcos.
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