Dos valencianos que se enfrentaban a penas de cinco años y medio de prisión uno y cuatro años el otro, como presuntos autores de los delitos de estafa y hurto con el conocido timo del falso revisor del gas, han logrado evitar la cárcel pese a que en la casa de las víctimas se dejaron olvidada una tableta que permitió a la policía su identificación. Un Juzgado de lo Penal de Murcia ha absuelto de todos los cargos al primero, cuyas huellas aparecieron en el aparato electrónico olvidado por los presuntos estafadores en su apresurada huida –cuando los moradores llamaron a la policía–, mientras que al segundo solo se le impone el pago de una multa de 480 euros.

Los hechos sentenciados ahora se remontan al 28 de noviembre de 2014 cuando el único condenado, vecino de València, en compañía de otro individuo no identificado, se hicieron pasar por técnicos de una compañía de gas e hicieron creer a sus víctimas, un matrimonio de ancianos de Yecla (Murcia) que tenían que cambiarles el contador. Su mecánica era clara, pedirles dinero por unos trabajos ficticios y a su vez apoderarse de los objetos de valor que encontraran en la casa.

El condenado alegó que le había dejado el aparato y el coacusado presentó una coartada, ratificada por su jefe

Pese a la contundencia de la prueba que suponía haberse dejado en la casa una tableta con las huellas de uno de los acusados, este procesado, defendido por el penalista Vicente Monzó, argumentó que el día anterior le había dejado dicho aparato al otro coacusado para que le instalara una aplicación para ver películas. Así, el único condenado, a una pena mínima de multa, representado por Isabel Andrés, del mismo despacho, asumió toda la responsabilidad y reconoció tal circunstancia indicando que ese día le acompañaba una tercera persona.

Este testimonio exculpatorio, unido a la coartada que tenía el acusado, quien se encontraba trabajando en una obra en València –hecho que fue corroborado por su jefe en el juicio–, obligó al tribunal a emitir una sentencia absolutoria en su caso.

Respecto al único condenado se le imponen solo dos meses de cárcel, que se le sustituyen por 480 euros de multa, al considerar ambos delitos, tanto la estafa como el hurto, en grado de tentativa al no existir prueba de cargo suficiente que acredite que se llevara dinero alguno y que la cantidad que consta en la denuncia estuviera realmente en el domicilio, según aclara la sentencia, que apunta que la Policía Nacional no les pidió justificante alguno respecto al dinero que decían que les habían sustraído.

Con antecedentes por otras estafas

El condenado acumula otras dos penas anteriores de un año de prisión y otra de seis meses por estafas similares. De ahí que se le aplique la agravante de reincidencia. No obstante, en esta ocasión el acusado, defendido por el despacho de abogados Monzó y Andrés Asociados, evita la cárcel al estimar la circunstancia atenuante de drogadicción y una muy cualificada de dilaciones indebidas porque el procedimiento ha sufrido diversas paralizaciones y ya han transcurrido casi ocho años desde que ocurrieron los hechos. Es más, el anciano al que trató de estafar murió ya en 2015. Antes de ello tanto él como su mujer lo habían reconocido fotográficamente, pero no al acusado que finalmente ha sido absuelto.