El tribunal no tiene ninguna duda sobre la brutal violación grupal que sufrió una joven de 18 años por parte de cuatro desconocidos en los baños de una céntrica discoteca de València en septiembre de 2019, y por ello declara probados los hechos relatados por la víctima, a cuyo testimonio se le da plena veracidad. No obstante, la sentencia contra los dos únicos acusados llevados a juicio por la ya conocida como ‘manada de La Indiana’ es absolutoria. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial los absuelve al albergar «dudas razonables sobre la autoría» de los mismos en los hechos enjuiciados.   

Así sobre esta cuestión, la clave sobre la que ha girado el juicio contra Iván M. L. y Agustín F. P., la Sala califica de «momento muy confuso» cómo se produjo la identificación inicial de los dos sospechosos, mantenida posteriormente en la vista oral por la propia víctima. Aunque dicho reconocimiento de dos de sus presuntos agresores sería suficiente como para condenarlos en condiciones normales, la sentencia cuestiona cómo se llegó a esa identificación y plantea una posible confusión tanto por parte de la amiga que señaló a uno de ellos en su momento, como de la víctima, una vez condicionada por este primer error.

De hecho, la sentencia recuerda que en una rueda de reconocimiento realizada tan solo dos días después de la agresión sexual múltiple, la joven agredida no fue capaz de reconocer a los detenidos sin camiseta (prenda cuyos colores, una roja y la otra negra, pudo propiciar este supuesto error en la identificación).

De igual modo argumenta que la confusión en esos momentos iniciales era más que evidente, «por la gente que se concentró en la entrada de la discoteca, por la actuación de los vigilantes de seguridad –puesta también en tela de juicio–, por la intervención espontánea de una testigo y por las propias condiciones psicofísicas en que se encontraba la víctima». Ya no por si hubiera consumido alcohol u otras sustancias, hecho que la sentencia no considera probado, sino por el estado de nerviosismo que presentaba la joven tras haber sufrido hasta tres agresiones sexuales, mientras un cuarto implicado controlaba que nadie se acercara y ante los gritos decía que era la novia de un amigo.

La sentencia también achaca a la policía su actuación en estos primeros instantes en los que se identificó y detuvo a dos de los supuestos autores. «En delitos de esta magnitud, con el grave impacto emocional que conlleva para la víctima; es preciso que los agentes de la fuerza pública actuantes adopten todas las cautelas necesarias y posibles para despejar cualquier duda sobre los hechos y presuntos autores, intentando acceder a una versión de los hechos lo más detallada posible, una descripción de los presuntos autores tanto en sus rasgos físicos como en sus ropas con concreción, siempre dentro de lo que las circunstancias permitan, contrastando las distintas versiones que existan, siendo cuidadosos en cada uno de los pasos en la investigación, sin pérdida de garantías para los intervinientes, evitando, así, llegar a conclusiones poco fiables».

La ausencia de ADN que incrimine a los dos acusados, tras hallar un perfil genético –no seminal– de otra persona y la actitud de los procesados, que se han mostrado colaboradores en todo momento, también han contribuido a que la Sala adopte una decisión absolutoria, como así solicitaban sus defensas, ejercidas por los letrados Vicente Ibor y Ángeles Capdevila.

Además de la coartada que una testigo le da a uno de los acusados, al asegurar que estuvo en todo momento con ella, y que los dos procesados estuvieron esa noche en la discoteca con un tercer amigo al que la víctima de la violación no reconoce como uno de los agresores, el ponente señala su extrañeza de que si hubieran cometido «unos hechos de tanta gravedad, permanecieran en la discoteca desde las 5.43 horas hasta pasadas las 7.00 horas», cuando tuvieron ocasión de marcharse antes con unos amigos.

La ausencia de pruebas biológicas que los incriminen ha resultado clave para que sean ambos sean absueltos

Los dos acusados absueltos se enfrentaban a 42 años y medio de prisión. Los hechos ocurrieron entre las 5.00 y las 6.00 de la mañana del 29 de septiembre de 2019, cuando cuatro varones, que no han podido ser identificados, abordaron a la víctima en el pasillo de acceso a los aseos de la discoteca La Indiana, en pleno centro de València, «con la intención de satisfacer sus deseos lúbricos».

Según ha quedado probado, uno de ellos abordó a la joven, de 18 años, diciéndole que un amigo suyo necesitaba ayuda y, tras cogerla de la muñeca, estirando de ella, la introdujo en los baños de chicos, donde esperaban los otros tres agresores, acorralándola en una esquina. La sentencia detalla la brutal violación grupal, que relató la víctima en el juicio.

La sentencia remarca que la víctima no miente, ni duda de que realizara el reconocimiento convencida de que habían sido ellos; «lo que afirmamos es que las condiciones en que se produjo el reconocimiento de los acusados como posibles autores al salir de la discoteca, la ausencia de apoyo de la atribución de autoría en las pruebas objetivas biológicas y la actitud de los acusados durante todo el procedimiento, permiten dudar de la fiabilidad de dicho reconocimiento», concluye el fallo.