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Cómo rebajar la factura fiscal

La amortización adicional en el crédito para comprar una vivienda es una opción de cara a las deducciones fiscales. europa press

El pasado mes de octubre se publicó el «acuerdo de gobierno» alcanzado entre la pluri-formación liderada por Pablo Iglesias y por el PSOE. Este acuerdo incluía una serie de medidas que, de haberse aprobado en 2018, hubiesen supuesto un sinfín de operaciones a contrarreloj a finales de 2018 ya que suponían, con carácter general, un aumento de la carga tributaria para las rentas altas, aumentando los tipos de la escala general, que grava las rentas del trabajo, arrendamientos o actividades económicas entre otras, hasta en 4 puntos. También contempla la posibilidad de aumentar los tipos de la escala del ahorro, que grava las percepciones de dividendos o las ganancias patrimoniales, también en 4 puntos, eso sí, para rentas superiores a 140.000 euros. Esto supone que en algunas comunidades autónomas podamos llegar a tributar hasta un 52% de nuestras rentas, lo que incrementa la necesidad de llevar a cabo una buena planificación fiscal.

Con todo, lo que se pone de manifiesto es que la perspectiva, desde el punto de vista fiscal, no es nada halagüeña. En circunstancias normales tendríamos unos magníficos días por delante para poder planificar desde el punto de vista fiscal operaciones de cara a 2019 y su nueva regulación, motivo principal por el que los despachos no podemos pensar en vacaciones de fin de año normalmente.

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No obstante, hace pocos días anunciaba el presidente del gobierno su intención de presentar al Congreso de los Diputados el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 en enero del nuevo año, lo que en cualquier mercado se conoce como incertidumbre. Y con esta incertidumbre no podemos conocer si interesa anticipar ventas de acciones -apiádense de aquellos que se encuentren en el proceso de venta de una vivienda o una empresa o negocio- aunque todo apunte que 2019 en ningún caso será mejor.

Con esto, poco más podemos hacer que optimizar el año en curso, del que ya conocemos las reglas del juego, y mantener el tipo en 2019 con las sorpresas que nos puedan traer los nuevos presupuestos, por supuesto, siempre que estos se aprueben -lo que hoy no parece tarea fácil-.

Así pues, resumimos las principales acciones que pueden llevarse a cabo de cara a reducir la factura fiscal, principalmente aquellas que requieren que tomemos alguna acción en estos últimos días -salvo que haya sido tomada ya a lo largo del ejercicio-.

Hay buenas noticias para los trabajadores autónomos, y es que, con la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo en octubre de 2017, se pone luz sobre la posibilidad de que aquellos autónomos que trabajen en casa puedan deducir parte de los gastos en suministros - luz, agua, gas e internet- así como deducir los gastos de manutención -las conocidas dietas- cuando, por motivos de trabajo, deban desplazarse e incurrir en estos gastos. Destacamos aquí el requisito de que estos gastos se hayan satisfecho con medios electrónicos de pago. Resulta importante por tanto guardarnos esos tickets y justificantes de pago para poder justificar el posible gasto que vamos a deducir.

Como todos los años, estaríamos a tiempo también de llevar a cabo una aportación a planes de pensiones que reducirían nuestra base tributable -si bien es cierto que en su rescate tributarían, pero generalmente a un tipo inferior- con un máximo de hasta 8.000 euros -o el 30 % de nuestros rendimientos netos del trabajo de ser esta cantidad inferior-.

Otro análisis a llevar a cabo estos últimos días consiste en la posible compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales. Tanto si hemos transmitido con ganancia, como con pérdida -o arrastramos pérdidas de ejercicios anteriores- nos podría interesar netear [proceso de compensación interno de deudas y créditos de una empresa o personas] éstas con otras pérdidas o ganancias, respectivamente. Resulta importante destacar aquí que el traspaso de fondos de inversión puede no suponer una ganancia o pérdida patrimonial, por lo que cabe atender al momento de transmisión para decidir imputar, o no, los resultados.

En el capítulo de deducciones, destaca por el importe máximo de deducción la deducción por suscripción de acciones en empresas de nueva o reciente creación, donde podremos deducir el 30% de lo invertido, siempre que se cumplan ciertos requisitos, hasta un máximo de 60.000 euros de inversión.

Donativos

También es de sobra conocida la deducción por donativos a ONG, que en los últimos ejercicios se ha mejorado, ya que alcanza hasta el 75% de parte de lo donado a estas organizaciones.

Aquellas personas que tengan la suerte de estar aplicando el régimen transitorio a la deducción por inversión en vivienda habitual podrían plantearse realizar una amortización adicional para aumentar el importe de deducción en el ejercicio 2018, siempre que convenga desde un punto de vista financiero. A nivel autonómico, se mantiene la deducción para menores de 35 que hayan adquirido una vivienda pero su base imponible sea inferior a 15.000 euros

Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual, diferenciando la deducción a nivel estatal -que resultará de aplicación a aquellos que vinieran aplicando el régimen transitorio- y la deducción a nivel autonómico. En la Comunitat Valenciana se mantiene, con unos requisitos, entre los que destacamos el gran olvidado, la obligación de que el arrendatario haya presentado la declaración por ITPAJD [ Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados], obligación que podríamos llevar a cabo antes de que finalice el ejercicio. Recordar que con anterioridad a 2017 dependíamos del arrendador y el depósito de la fianza.

Deducciones autonómicas

En cuanto a las principales deducciones autonómicas, en su mayoría relativas a nacimiento, adopción, acogimiento, familia numerosa -esta última exige contar con el título de familia numerosa a 31 de diciembre, o al menos haberlo solicitado, por lo que resulta importante su solicitud ante el órgano competente en plazo-. También por gastos en guarderías, el cuidado de familiares mayores y la realización de labores no remuneradas del hogar. Poco margen adicional existe para concluir qué operaciones a llevar a cabo en estos días? Quién sabe si las leyes previstas para 2019 nos traerán impuestos nuevos, quizá por la adquisición de patinetes eléctricos.

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