La Audiencia ha anulado en una segunda sentencia la condena a un conductor acusado de circular ebrio en Gandia. El imputado fue sorprendido haciendo un zigzag de madrugada. El acusado reconoció a los policías que había bebido alcohol. Sin embargo, los agentes aportaron a la causa "meras fotocopias" del test de alcoholemia. La Audiencia lamenta que no se haya reclamado el original que "hubiera sido más útil en la causa que donde quiera que esté hoy" y critica que "para colmo nadie citó a los agentes". Los jueces cierran el fallo recordando que "el olor alcohol es consecuencia de haber bebido", pero no presupone ir ebrio.

La Audiencia de Valencia ha anulado la condena a una conductora de un turismo que tuvo un accidente con una ciclista al considerar que los coches tienen preferencia sobre las bicis en los pasos de peatones. La sentencia cancela la indemnización de 3.595 euros que iba a percibir la víctima.

El accidente ocurrió el 30 de marzo de 2010 en Valencia en un paso de peatones en el cruce de la calle Teruel con Doctor Zamenhoff. La ciclista, una joven de 29 años, iba por encima de la acera y cruzó el paso de peatones cuando ya había empezado a pasar el turismo y no frenó a tiempo. La joven chocó con el coche y se lesionó el codo y el hombro. El titular del juzgado de Instrucción número 3 de Valencia condenó a la conductora a pagar una multa de veinte euros por una falta de lesiones por imprudencia, y declaró responsable civil a la aseguradora para que hiciera frente a la indemnización.

La sentencia de la Audiencia considera probado que es la bicicleta la que golpeó al turismo. El fallo añade: "Es de todos conocido que las bicicletas pretenden tener en la circulación rodada preferencia cuando cruzan un paso de peatones. Como dice la propia palabra es un paso de peatones que atraviesan la calle andando y no abordo de otro vehículo. En el presente caso, la lesionada cruzó con una bicicleta y como tal vehículo tiene que respetar la preferencia de paso del coche y circular detrás del mismo".

La sentencia de la Audiencia de Valencia es firme y condena a la ciclista a pagar las costas del primer juicio y del recurso.