El TSJ anula la modificación del PGOU que permitió construir el nuevo Mestalla
La sala estima que el ayuntamiento no es competente y dos de los magistrados añaden que es una operación especulativa

El nuevo Mestalla, paralizado desde hace dos años, se construye sobre una parcela de la avenida Cortes Valencianas. / f. bustamante
josé parrilla valencia
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha declarado nulo el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Valencia de 30 de mayo de 2008 por el que se modificaba el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en lo referente a la parcela de la avenida Cortes Valencianas donde se está construyendo el nuevo estadio de Mestalla. Lo hace por considerar que el Ayuntamiento es "manifiestamente incompetente" para adoptar esa decisión, que, según la ley Urbanística, corresponde a la Generalitat Valenciana.
El recurso contra la decisión del ayuntamiento lo interpuso la Asociación de Antiguos Propietarios del Nou Mestalla, que con motivo de la reparcelación de la zona "cedieron" este terreno para uso deportivo. En su opinión, la recalificación "vulnera el uso global dominante deportivo, encubre una aumento de edificabilidad, introduce la incompatibilidad del uso hostelero y la exención del retranqueo". Además, aseguran que fue aprobado por "órgano incompetente" de manera que piden la nulidad del acuerdo -sacado adelante con los votos del PP y las acusaciones de fraude de los socialistas- o, en su defecto, se incremente el valor de la permuta de los terrenos, cedidos al Valencia a cambio de 19 parcelas y 17,5 millones de euros.
Frente a este recurso, el Ayuntamiento, la Generalitat y el Valencia alegaron la falta de legitimidad de la asociación para recurrir, extremo rechazado por el juez en tanto que los propietarios "cedieron" el suelo para unos fines que no se han respetado.
Resuelto eso, por tanto, el juez se plantea los dos grandes motivos de la impugnación y cree que, antes de entrar en el fondo, debe empezar por la competencia. Y su resolución es clara: "La competencia para la aprobación definitiva de la ordenación estructural corresponde a la Generalitat" y el Ayuntamiento es, en este caso, "un órgano manifiestamente incompetente".
A partir de ahí, el tribunal entiende que no tiene por qué entrar en el fondo de la cuestión y resuelve declarando nulo el acuerdo plenario, decisión que puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.
Votos particulares
No obstante, dos de los cinco magistrados de la sala, Carlos Altarriba y Estrella Blanes, votaron en contra y emitieron un voto particular que atribuye la competencia al Ayuntamiento y entra, de manera muy crítica, en el fondo del asunto. "La cuestión del nuevo estadio del Valencia es una típica operación especulativa de la edad de oro de la burbuja", dicen los magistrados, que enumeran hasta cinco "inconsistencias" respecto a este procedimiento.
La primera de ellas es trasladar el estadio de un lugar de la ciudad a otro de similares características; la segunda es ceder suelo municipal destinado a la construcción de vivienda pública a una entidad particular; y la tercera es no tratar adecuadamente la singularidad de un estadio que necesita una red viaria especial, transportes etc. Estas tres, dicen, ya no tienen remedio, pero hay dos más que sí pueden ser motivo de anulación: la alteración significativa del uso de la parcela, donde se quiere construir un hotel; y el traslado de la edificabilidad deportiva para dar cobertura a un nuevo uso hotelero.
Acogiéndose a esta cuestión, el portavoz del Compromís en el Ayuntamiento de Valencia, Joan Ribó, portavoz ocasional de los afectados, aseguró que la sentencia "hace saltar por los aires una de las grandes obras de la ciudad".
Ribó dijo que "alguien ha fallado estrepitosamente" y pidió "conocimiento" para que "a todo el mundo se le trate igual a la hora de hacer un planteamiento urgente". "Aunque no es el día de pedir responsabilidades, es el día de pedir un poco de seriedad" sentenció.
Por su parte, el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Valencia, Jorge Bellver, ha respondido que la sentencia "hace referencia a una cuestión formal, de procedimiento y de competencias, que los servicios jurídicos van a valorar", lo que no significa que cambie algo respecto al "nuevo estadio y los equipamientos que el planeamiento prevé para esta manzana".
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