Emblema de Barberá «cuestionado»
Levante-EMV
El grupo municipal socialista ha advertido de que el Tribunal Supremo «cuestiona» con su resolución sobre Tabacalera un proyecto «emblemático» de la alcaldesa de la ciudad, Rita Barberá. Para los socialistas, el caso de la expropiación inmobiliaria de la Tabacalera es un «claro ejemplo» de «expolio» al patrimonio, porque el conjunto fabril «formaba parte del Catálogo Nacional del Patrimonio Industrial, y la Generalitat debió, tal como se acordó en las reuniones con el Ministerio de Cultura, iniciar el proceso para declararlo Bien de Interés Cultural».
Todavía, dijo el concejal Vicent Sarrià, «nadie ha explicado», ni desde el Ayuntamiento ni desde la Generalitat, «las poderosas razones por las que una vez que la mercantil Guadalmedina compra la Tabacalera a Altadis, se inicia un proceso inmobiliario y se abandona la idea de la protección y la declaración de BIC».
El concejal socialista recuerda que «ningún estudio patrimonial ha avalado la destrucción y el expolio perpetrado» y que todos los informes patrimoniales «han sido elaborados y firmados por el anterior director general de Patrimonio Cultural Manuel Muñoz, que fue un cargo político sin ninguna experiencia patrimonial colocado por el PP como puesto de confianza, entre otras cosas para facilitar operaciones urbanísticas como éstas». Con todo, Sarrià se ha felicitado de que el Tribunal Supremo «ponga las cosas en su sitio y obligue al TSJCV a entrar en el fondo de la cuestión».
Por otro lado, el convenio urbanístico para relanzar Tabacalera supuso a las arcas municipales, según Sarrià, la pérdida de más de 70 millones de euros, «al infravalorarse el edificio municipal de Navarro Reverter a 2.000 euros el metro cuadrado edificado». Se pregunta por qué Barberá no hizo una subasta como la realizada por la Generalitat en los juzgados.
EUPV critica los nuevos edificios de nueve plantas
El portavoz del grupo municipal de Esquerra Unida, Amadeu Sanchis, ha resaltado que el Tribunal Supremo deja «bien claro» que hay que volver al principio del proyecto para verificar y pronunciarse sobre si los nuevos edificios que se construyeron en la manzana que antiguamente ocupaba la totalidad del edificio armonizan o no con un edificio catalogado como histórico y, por tanto, protegido.
Sanchis considera «especialmente relevante» que la sentencia «estime que las normas urbanísticas obligan a que las construcciones emplazadas junto a edificios de carácter artístico, histórico o arqueológico han de armonizar con ellos, aun cuando en su entorno sólo haya uno que contemple esas características». Es decir, «la actual sentencia deja bien claro que hay que volver al principio para verificar si los nuevos edificios, de nueve plantas, armonizan o no con un edificio catalogado como histórico».
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