El presidente de la Federación Coordinadora d´Entitats Culturals del Regne de Valencia, Juan García Sentandreu, ha presentado esta mañana un escrito ante la alcaldía de la ciudad de Valencia en la que advierte al alcalde de Compromís Joan Ribó, de que "si en el plazo de 24 horas no procede a borrar el mural proetarra que realizó ayer Elías Taño y la organización filoterrorista "a tiro hecho" en el paseo de la Pechina de Valencia", procederá a la interposición de una querella por exaltación y apología del delito, concretamente del delito de lesiones, amenazas y atentado contra la autoridad, que fueron los que el pasado 1 de junio de 2018 llevaron a la Audiencia Nacional a condenar a los ocho agresores de Alsasua a penas entre 2 y 13 años de prisión, tras la agresión a dos guardias civiles y sus mujeres cuando se encontraban, fuera de servicio, en la terraza de una cafetería.

Sentandreu ha confirmado que en este asunto va a llegar hasta el final y que "si Compromís y Joan Ribó no dan un paso atrás, no borran la pintada y no exigen responsabilidades a los autores y piden disculpas a la ciudadanía por la cesión del muro de Jesuitas", la organización que preside Juan García Sentandreu, la Coordinadora d´Entitats Culturals, promoverá las acciones civiles, administrativas y penales para depurar todas las responsabilidades, y que "esta humillación al pueblo valenciano y a toda España no se vuelva a repetir y mucho menos de un mandatario que debe de preservar la vigencia de la ley y la observancia de las sentencias".

En el escrito presentado por Sentandreu, se apunta al alcalde Ribó y a su servicio jurídico que "la libertad de expresión no puede amparar la lesión de bienes jurídicos superiores", advirtiéndoles que es reiterada la doctrina jurisprudencial donde se afirma que cuando la libertad de expresión se convierte en un instrumento al servicio de los que atentan contra la vida y la libertad, debe actuar el derecho penal.

La Coordinadora ha solicitado igualmente al Ayuntamiento de Valencia la entrega de la información pertinente sobre dicha cuestión, donde se identifique el acto administrativo por el que se autorizó a Elías Taño para realizar dicho mural y los funcionarios o responsables políticos que han intervenido en todo este procedimiento, con la finalidad de iniciar las acciones legales oportunas.