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Tribunales

Competencia recurre varias leyes similares a la valenciana que frenan los pisos turísticos

La comisión nacional de los mercados no descarta actuar en València como en Madrid, Bilbao y San Sebastián

Un autobús turístico frente a un edificio en València con un cartel donde se rechazan los alquileres ilegales en el casco antiguo. germán caballero

Ayer se generó un precedente y un aviso para el Ayuntamiento de València: la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia recurrió por la vía contencioso-administrativa la norma urbanística municipal sobre viviendas turísticas en Madrid, Bilbao y San Sebastián, que recientemente habían introducido cambios en su legislación para poner coto al alquiler de apartamentos turísticos que tantos efectos colaterales están generando en las ciudades. En concreto, el organismo denuncia que las restricciones provocarán precios más elevados en los alojamientos turísticos y se reducirá la calidad, la inversión y la innovación en el sector terciario.

València no ha recibido ningún requerimiento de Competencia para justificar las medidas introducidas por el gobierno de La Nau para combatir la proliferación de los apartamentos turísticos ilegales. Al menos, por ahora, porque fuentes de Competencia advirtieron ayer que si bien València no se encuentra entre las tres ciudades señaladas, podría estarlo si tras estudiar su caso consideran que es igualmente restrictivo.

El camino que ha emprendido el gobierno de Joan Ribó va en esa línea. El Plan General de Ordenación Urbanística, que regula la ciudad al completo, recoge que los apartamentos turísticos tienen que estar ubicados por encima de negocios y oficinas y por debajo de las viviendas, con las que tampoco pueden compartir la misma planta del edificio. Según afirmaron desde el consistorio, «el 80% de los alquileres son ilegales».

A ello se suma la inscripción en el Registro de Viviendas Turísticas de la Generalitat con la novedad de tener que presentar un informe favorable de compatibilidad urbanística, que tiene que emitir el ayuntamiento de la localidad correspondiente. Esta medida fue a propuesta de la concejalía de Turismo que dirige Sandra Gómez a través de una enmienda a la Ley de Turismo que aprobó la Generalitat en mayo.

Las cláusulas que las tres ciudades imponen para hacer uso de una vivienda residencial como turística comparten criterios con la valenciana. En Madrid, el ayuntamiento que dirige Manuela Carmena exige una licencia y suspende durante un año, prorrogable a otro más, el cambio de uso de edificios residenciales a edificios de alojamiento turístico en el centro. Bilbao y San Sebastián restringen el alquiler a viviendas ubicadas en planta baja y primer piso, y además Bilbao exige una autorización y no ofertar más de tres habitaciones por vivienda. En San Sebastian directamente se prohíbe nuevas viviendas turísticas en el centro.

De hecho, desde Competencia explicaron que la normativa aplicada en Madrid, Bilbao y San Sebastián «no protege a los ciudadanos», sino que además va en contra de «regulación económica y eficiente». En concreto, perjudica la entrada de nuevos operadores y consolida a los que ofrecen apartamentos turísticos ya instalados.

Coto a Ciutat Vella y Cabanyal

Estos argumentos defendidos por Competencia hacen prever que València pueda verse también envuelta en un litigio administrativo. Desde la concejalía de urbanismo lamentaron ayer que Competencia «solo se centre en los derechos de los turistas pero no en el derecho a la vivienda de los ciudadanos». Además del PGOU que regula toda la ciudad, el ayuntamiento reforzó las restricciones al turismo tanto en Ciutat Vella con el Plan Especial de Protección, que ahora se encuentra en fase de exposición y podría aprobarse provisionalmente a principios de 2019.

Según el PGOU, cualquier edificio de uso residencial puede recalificarse como de uso terciario hotelero destinado al turismo. Sin embargo, el PEP eliminará esa compatibilidad. Además, se distinguirá entre las viviendas turísticas profesionales, disponibles para alquilar los 365 días al año, y las ocasionales, es decir, aquellas cuyos propietarios verán limitada su capacidad de explotación.

Deberán estar empadronados en el inmueble, de forma que se combatirá la compra para la especulación posterior, y un permiso de la comunidad de vecinos. Tendrá que comunicarse al ayuntamiento y solo podrá ser alquilado durante 60 días al año. En Sant Francesc seguirá permitiendo la explotación terciaria.

Lo mismo se busca en El Cabanyal: el plan especial que se prepara también requerirá una regulación específica, dado que según el PGOU y por la arquitectura del barrio, donde abundan los edificios de dos plantas, la proliferación de las viviendas de alquiler turístico podría perjudicar al conjunto del barrio.

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