La mala utilización o el uso fraudulento de las popularmente conocidas como «tarjetas de aparcamiento para discapacitados» tendrá a partir de ahora multas de hasta 500 euros y su retirada temporal o definitiva. Así figura al menos en el borrador de la nueva Ordenanza Reguladora de las Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Discapacidad y Movilidad Reducida, que hoy será aprobado en la Junta de Gobierno Local.

Ya desde un principio el actual equipo de Gobierno expresó su preocupación por el «caos» que existía en el uso de las tarjetas de movilidad reducida, sobre todo por el uso de personas que no son las titulares de las mismas e incluso el duplicado fraudulento del documento. En València hay 6.664 tarjetas autorizadas y solo en el año 2017 la Policía Local detectó 228 falsificadas, 77 de València y 151 de otros municipios.

Así pues, desde la Concejalía de Bienestar Social decidieron tomar medidas y esta ordenanza es la principal. No tiene grandes novedades en cuanto a su adjudicación, porque ya está regulado por una norma superior, pero sí en cuanto a su uso diario, más exactamente sobre la utilización de las plazas de «aparcamiento de minusválidos» que hay en la vía pública, incluido un completo régimen sancionador.

Según el nuevo documento, podrán ser titulares de tarjeta de estacionamiento las personas mayores de 3 años, empadronadas en la ciudad, que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad y movilidad reducida o, sin tenerla, padezcan alguna enfermedad que reduzca sustancialmente su esperanza de vida.

Una vez entregada la larga lista de documentos necesarios, el consistorio deberá resolver antes de tres meses, entendiéndose como rechazada si la respuesta excede ese plazo. La tarjeta se entregará siempre a la persona titular o a su representante legal, con un periodo de validez de 5 años para los menores de 18 años y de 10 para el resto. A partir de ahí «la tarjeta será única, personal e intransferible, y solamente podrá ser utilizada cuando la persona titular sea transportada en el vehículo o éste sea conducido por la persona con diversidad funcional titular de la misma».

Estas personas podrán dejar el vehículo en los conocidos como «aparcamientos de minusválidos», en la zona ORA y en vías y espacios urbanos con circulación restringida siempre que su destino esté dentro de esa área. Podrá estacionar incluso en «cualquier lugar de la vía por motivos justificados y por el tiempo indispensable». Lo que no podrá hacer es ocupar zonas peatonales, pasos de cebra o salidas de emergencia y vados.

Para ello, la tarjeta deberá estar en perfecto estado de conservación, ir siempre en el cuadro de mando o adherida al parabrisas y si un agente de la autoridad lo requiere, entregar la documentación personal. Y es que la ordenanza también incluye un importante capítulo de sanciones.

Las leves, entre las que están no dejar la tarjeta a la vista o utilizar fotocopias, se sancionarán con multas de hasta 100 euros; las graves, que incluyen tener la tarjeta caducada o deteriorada, tener más de una tarjeta o no colaborar con la policía, pueden ser sancionadas con multas de hasta 200 euros; y las muy graves, entre las que está ceder la tarjeta a un tercero, falsificar el documento, usar la tarjeta sin llevar a la persona con movilidad reducida o utilizar una tarjeta cancelada, pueden acarrear multas de hasta 500 euros.

Además, estas sanciones pueden suponer la retirada de la tarjeta desde tres meses hasta su cancelación definitiva. Las sanciones prescribirán a los 6 meses (leves), 2 años (graves) y 3 años (muy graves).