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El ZAS del Carmen acorta media hora el horario de terrazas y prohíbe las charangas

El ayuntamiento rechaza la mayoría de las alegaciones de los hosteleros y vecinos, por lo que la norma entrará en vigor a principios de 2019 tras su aprobación en el Pleno - Mesas y sillas se retirarán a las 00:30 en invierno y 01:00 en verano

El ZAS del Carmen acorta media hora el horario de terrazas y prohíbe las charangas

La aprobación de las medidas definitivas de la Zona Acústicamente Saturada (ZAS) del barrio del Carmen ha superado su penúltimo trámite con la resolución de las distintas alegaciones presentadas. Se han desestimado la gran mayoría de los recursos realizados, fundamentalmente, por hosteleros y vecinos, por lo que tras un último informe que debe realizar la Conselleria de Medio Ambiente, el documento se aprobará en el Pleno y entrará en vigor, probablemente ya en 2019. Las principales novedades son que se adelanta media hora el cierre de las terrazas, bloquea la concesión de nuevas licencias para mesas y sillas, impulsa un censo de viviendas turísticas para actuar contra las que no cumplan la normativa y prohíbe las charangas.

El documento definitivo fue acordado en la mesa permanente de trabajo sobre el ruido en Ciutat Vella, integrada por distintos servicios del Ayuntamiento de València, los vecinos y el sector de la hostelería y ocio. A esta mesa se han adherido la asociación Albarca y la Unión Gremial tras estimar una de sus alegaciones en este sentido.

Básicamente el servicio de Contaminación Acústica que dirige la concejala Pilar Soriano ha desestimado todas aquellas alegaciones que pedían que no se redujera media hora el horario de las terrazas. Así, y amparándose en varias sentencias que le dan la razón al Ayuntamiento, el consistorio reafirma su «autonomía para determinar las medidas más adecuadas» para proteger la salud y el descanso de los vecinos. Por cierto, el último fallo favorable al consistorio es del 31 de julio, cuando el TSJCV desestimó un recurso de apelación de una discoteca y la Federación de Hostelería.

La disminución del horario de mesas y sillas va a colaborar en la disminución de la contaminación acústica en la zona, argumenta el Ayuntamiento, que explica que las mediciones experimentales de estaciones próximas a terrazas «demuestran que las emisiones sonoras procedentes de las terrazas contribuyen acústicamente a los niveles sonoros globales que se registran en la zona, ya que los niveles sonoros más elevados, la extensión horaria de las superaciones de 65 dBA así como el número de las mismas, coinciden con el horario de actividad de las terrazas». Al tiempo rechaza la alegación de hosteleros de que el ruido se debe, exclusivamente, al tráfico rodado.

Así pues, el documento permite las terrazas en horario de 09:00 a 00:30 horas con carácter general, aunque durante los meses comprendidos entre el 1 de marzo y el 31 de octubre, los viernes, sábados y vísperas de festivos, se ampliará en media hora hasta las 01:00 horas. No afecta al periodo de Fallas, Nochebuena, Nochevieja, Año Nuevo y Noche de Reyes.

También, el horario máximo para la celebración de verbenas, con carácter general, será hasta la 01:00 horas, excepto aquellas que hayan sido autorizadas expresamente por el ayuntamiento. No afecta esta medida a las verbenas de Sant Joan, las fiestas de Fallas, y las fiestas de Nochebuena, Nochevieja, Año Nuevo y Noche de Reyes.

El horario máximo de cierre de las discotecas será, las noches de domingo a jueves, hasta las 03:30 horas, mientras que las veladas de viernes, sábado y vísperas de festivo, hasta las 04:30 horas. Se exceptúan también los supuestos anteriores.

De las alegaciones vecinales se desestiman las que piden una limitación del tráfico por la noche porque ya está en vigor (aunque las autoridades no velan por su cumplimiento como denuncian los distintos colectivos), y también las que piden una reducción de terrazas porque se asegura que el servicio ya está abordando una reordenación. El consistorio ha aprobado en el documento intensificar el control policial.

El documento definitivo aprobado también prohíbe de manera taxativa las charangas, pasacalles y actividades análogas que se desarrollen con motivo de eventos privados, tales como despedidas de solteros.

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