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Normativa

El Gobierno avala la Ley de la Huerta y exige interés público para expropiar tierras sin uso

El acuerdo de la comisión bilateral creada por la Generalitat y el Ejecutivo evita que la normativa acabe en el Constitucional

Un agricultor en una de las parcelas de huerta ubicada en el borde urbano de València. f. b

Gobierno y Generalitat han dado por resueltas las discrepancias que han bloqueado durante meses la Ley de la Huerta valenciana, una de las normativas estrella del gobierno del socialista Ximo Puig, al entender el anterior gobierno de Mariano Rajoy que el Consell se extralimitaba en sus competencias por aspectos de la normativa como la potestad expropiatoria del uso de las tierras de cultivo «infrautilizadas» o abandonadas.

La Generalitat confiaba a finales del año pasado en que el nuevo gobierno socialistas de Pedro Sánchez aceptase sus argumentos en defensa de la ley y diera por concluida la controversia, como así ha sido finalmente. La comisión bilateral de cooperación creada hace unos meses para resolver las discrepancias y evitar que la ley de la Huerta acabase en el Tribunal Constitucional han dado fruto. Así lo recoge el acuerdo alcanzado por dicha comisión que publicó ayer el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El anterior Gobierno, a instancias de las enmiendas presentadas a la Ley de la Huerta por los diputados autonómicos del PP, manifestó sus discrepancias en relación a varios artículos de la ley de la Huerta. Respecto del artículo 4.2 que regula la función social de la huerta y abre la puerta a la expropiación del usufructo de las tierras, uno de los más polémicos por su afán «confiscatorio», según adujo el PP, ambas partes interpretan que en el caso de ser necesaria la expropiación, «será indispensable la previa declaración expresa de utilidad pública e interés social», de acuerdo con el artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa de 1954.

Ámbito de aplicación

Las discrepancias también hacían referencia al ámbito de aplicación de la normativa, al cumplimiento de los estándares urbanísticos y a los recursos económicos del Consejo de la Huerta y su control.

Sobre el ámbito de aplicación de la ley este no será modificado, ni afectado, por la circunstancia de que el instrumento de ordenación supramunicipal de la Huerta de València tenga un ámbito territorial superior al de la ley.En este supuesto, la ley solo se aplicaría al ámbito del instrumento de ordenación de la huerta que coincidiera con el ámbito de la ley. También se han alcanzado acuerdos en los artículos del 34 a 37, que regulan los sectores de recuperación de la huerta, donde se puede edificar una parte siempre que se recupere un porcentaje determinado de huerta, en los que se atenderá a lo establecido en el real decreto por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y en la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).

En el caso de las discrepancias relacionadas con el Consejo de la Huerta, se aclara que los recursos económicos de este organismo que provengan del patrimonio público de suelo solo se referirán a la parte de este patrimonio perteneciente a la Generalitat en los municipios que forman parte del ámbito de la huerta.

La Ley de la Huerta, aprobada en marzo del año pasado por la Generalitat, contempla el plan de acción territorial de la Huerta, un plan de Desarollo Agrario y la creación del Consell Agrari como órgano de gestión supramunicipal. Estas son las tres patas para la protección efectiva de la huerta, impulsadas por el Govern del Botànic para frenar la destrucción y especulación urbanística.

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