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Aún cabe recurso

Un juez rechaza la ZAS de Russafa por errores en las mediciones del ruido

La sentencia dice que los micrófonos instalados son insuficientes y no miden otras actividades

Un juez rechaza la ZAS de Russafa por errores en las mediciones del ruido

Una sentencia del juzgado de los contencioso-administrativo número 6 de València rechaza el recurso interpuesto por la Asociación de Vecinos Russafa Descansa reclamando al Ayuntamiento de València la declaración como Zona Acúticamente Saturada del barrio por no ajustarse las mediciones del ruido aportadas por los vecinos a las exigencias técnicas de la Ley de Protección de la Contaminación Acústica.

La sentencia, de 30 de octubre de 2018 y contra la que cabe recurso, recuerda que para exigir al ayuntamiento la aplicación de restricciones a las terrazas, los locales de ocio y el tráfico que se derivan de una declaración ZAS «es necesario realizar mediciones representativas de la zona de estudio para comprobar que se superan en más de 20 decibelios los objetivos de calidad ambiental dos veces por semana durante tres semanas consecuetivas o tres alternas en un plazo de 35 días. Así lo exige la Ley 7/2002 de Protección de la Contaminación Acústica que regula como deben hacerse las citadas mediciones del ruido (sonómetros homologados, sobre trípode a una altura de entre 3 y 11 metros, entre otras exigencias).

La sentencia que rechaza la ZAS de Russafa concluye que el informe acústico aportado no cumple con los requisitos exigidos por la ley. Apunta el magistrado que la zona para la que solicita la declaración mide 593.000 metros cuadrados, y el área donde se pusieron los micrófonos abarca solo 57.715 metros. «Por mucho esfuerzo económico, loable, que haya hecho la asociciación, no puede mantenerse que sea representativo» dice el juez. Tampoco entiende el magistrado representativas las mediciones realizadas con seis micrófonos, cinco de los cuales se pusieron encima de pubs y discotecas. La sentencia destaca que no se utilizó trípode en las mediciones, ni se evaluó el ruido diurno pese a ser obligatorio «para analizar las diferencias que puedan deberse no a los usos sino a otras causas».

Los vecinos, a los que el juez condena en costas, consideran que las limitaciones a los locales de ocio y las terrazas impuestas por el ayuntamiento en 2014 son insuficientes y reclamaron en 2017 al consistorio que impulsara la declaración de ZAS de Russafa, sumándose a las ya existentes en el Carmen, Xúquer, Juan Llorens y Menéndez Pelayo («Woody»).

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