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Tribunales

Cuatro policías locales acaban ante la Audiencia por el chicle de un detenido

La Sala los absuelve de todos los cargos y condena al empresario que circulaba ebrio al probar que se resistió

Una intervención policial con un conductor que circulaba bajo los efectos del alcohol por la calle Menorca de València y su negativa a que tirara un chicle, que se introdujo en la boca para supuestamente rebajar la tasa, ha acabado con cuatro policías locales sentados en el banquillo de los acusados junto al empresario que detuvieron por los delitos de resistencia y atentado a agente de la autoridad. El procesado, y a su vez acusación particular contra los agentes, les atribuía delitos contra la integridad moral, lesiones, falsedad documental y obstaculización del derecho constitucional a la asistencia de abogado, por los que solicitaba penas de hasta tres años de cárcel a tres de ellos.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València ha absuelto de todos los cargos a los cuatro policías locales de València acusados y condena únicamente al conductor que circulaba ebrio. A quien impone una pena de multa de 2.400 euros por un delito contra la seguridad vial por la alcoholemia, así como la retirada del permiso de conducir vehículos a motor durante un plazo de dos años; otra multa de 1.800 euros por el delito de resistencia; y 600 euros por un delito leve de lesiones. Aunque le absuelve de los delitos de atentado y desobediencia grave.

«Sois unos muertos de hambre, yo tengo veinte millones de euros, voy a ir a por vosotros mataos, me voy a dedicar a joderos la vida y os voy a quitar el uniforme», amenazó el ahora condenado a los agentes durante su traslado a dependencias policiales, según ha quedado probado en la sentencia. Finalmente y pese a su intento de llevar a cabo estas amenazas denunciando a los agentes que intervinieron, la Sala ha dado la razón a los policías, defendidos por los letrados Miguel Martorell y Efraín Latorre.

El magistrado remarca que no ha quedado probado que uno de los agentes acusados agrediera al empresario, mucho menos que tal y como él aseguraba lo tuviera «durante diez minutos con la cabeza en los pies doblado completamente». «Existen claros indicios de que el acusado,encontrándose bajo los efectos del alcohol, desoyendo las órdenes reiteradas para arrojar el chicle que introdujo en su boca, acometió contra el agente». Asimismo la sentencia detalla que «no se aplicó una fuerza excesiva para reducirle, más allá de la racionalidad de la situación, guardando proporción con la misma» y que «las agresiones que refiere haber recibido el detenido no se reflejan en el parte médico».

De igual modo tampoco se ha probado que los otros dos agentes acusados falsificaran su firma en la diligencia de información y lectura de derechos ni que un cuarto pusiera obstáculo alguno a la asistencia de letrado tras su detención demorando intencionadamente darle aviso para su personación.

Respecto a la supuesta firma falsificada se presentaron dos informes periciales caligráficos de parte. Ante la disparidad de sus resultados, fue necesario un tercer informe «imparcial y objetivo» de la Brigada de Policía Científica, el cual concluyó que sí se trataba de la firma del detenido.

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