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Normativa

La Policía Local comenzará a multar a los patinetes infractores en septiembre

Tras el periodo de carencia de verano, los agentes sancionarán a quien incumpla la ordenanza

Un agente de la Policía Local informa a un usuario de patinete sobre la normativa específica de la ordenanza de movilidad. p. l. v.

Se acabó el periodo de adaptación a la nueva ordenanza de movilidad. A partir de septiembre la Policía Local de València comenzará a multar a aquellos usuarios que incumplan la nueva normativa, especialmente a los conductores de patinetes, tras regular por primera vez cómo deben circular este tipo de vehículos de movilidad personal (VMP).

Tras la entrada en vigor de la ordenanza de movilidad el pasado 8 de junio, la Policía Local ha llevado a cabo una campaña informativa este verano dirigida a los usuarios de MVP y bicicletas. Básicamente se les informaba por dónde podían circular y qué obligaciones tenían como conductores. La premisa es que ningún patinete vuelva a circular por las aceras, el gran problema al que se han enfrentado ciudades de todo el mundo tras la expansión de este nuevo medio de transporte.

«El objetivo de la ordenanza es que convivan los VMP con peatones y otros vehículos y para mejorar esa calidad informativa es necesario este trabajo informativo. Después de unos meses llegará la labor de la capacidad de denunciar de los agentes, especialmente en aquellas situaciones que generan inseguridad o problemas graves», explicó a principio de verano la concejala Anaïs Menguzzato, anterior responsable de Protección Ciudadana.

El nuevo titular del área en el actual gobierno municipal, Aarón Cano, recordaba hace unos días que en septiembre los agentes de la Policía Local pasarán de la información a la sanción en aquellos casos que observen infracciones. «A lo largo del mes de septiembre estas acciones punibles serán sancionables», avanzó el edil socialista recientemente en Radio Valencia, quien no se quiso poner una fecha concreta a esta instrucción.

Cano recordó también que se multará tanto a los usuarios locales como a los que vienen a conocer la ciudad. «Si usted alquila un coche y transita por otra comunidad autónoma a 150 km/h, sabe que se expone a una multa. En este caso es lo mismo, se multará a todo el que incumpla la norma», dijo, en referencia a los decenas de turistas que cada día incumplen la ordenanza con sus bicicletas de alquiler o patinetes.

Tipologías y usos

La nueva ordenanza de Movilidad establece dos tipos de vehículos de movilidad personal. Los de tipo A son los más populares, es decir, monopatines de pequeño tamaño que, pese a todo, no tienen la obligatoriedad de uso de timbre y casco, aunque sí recomendables. Pueden alcanzar una velocidad máxima de 20 km/h.

Los vehículos de tipo A circularán preferentemente, y por este orden, por los carriles bici situados a cota de calzada sin superar la velocidad máxima permitida a las bicicletas, de 20km/h; también por aceras bici a velocidad moderada, no superior a 15 km/h; por la calzada de ciclocalles y otras vías de sentido único donde esté limitada la velocidad de circulación a 30 km/h; por los carriles señalizados a 30 km/h en calzadas de varios carriles de circulación; por las calles residenciales, zonas 30 y zonas de coexistencia de diferentes tipos; y por las calles peatonales a una velocidad moderada, similar a la de una persona a pie, nunca superior a 10 km/h.

Los más habituales, los A

Según los folletos e instrucciones que han dado los agentes de la Policía Local estas últimas semanas, los patinetes más populares que se ven en las calles de la ciudad se clasificarían como de tipo A, pese a que incumplen algunas características técnicas del reglamento de la Dirección General del Tráfico.

Los patinetes de tipo B son patinetes eléctricos de mayor tamaño que pueden llegar hasta los 30 km/h de velocidad y sí que están obligados a llevar timbre, freno, luces (delantera y trasera) y catadióptricos. El uso del casco es obligatorio. Los vehículos tipo B, de mayor tamaño y potencia, circularán en las mismas zonas y condiciones que las establecidas para los vehículos tipo A, con la excepción de las calles peatonales, donde lo tienen prohibido.

Los VMP que no cumplan ninguna de las características anteriores no podrán circular en ningún caso, según la nueva ordenanza de movilidad de València.

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