Reacción

135 trabajadores reclaman daños y perjuicios al ayuntamiento por el cierre de su café-cantante

Los empleados han presentado una denuncia colectiva porque se han ido al paro o al ERTE tras clausurar la policía local la actividad en una parte del complejo de la Marina donde trabajan

valència

Un total de 135 trabajadores de la firma Recaba Inversiones Turísticas han presentado una denuncia/reclamación colectiva contra el Ayuntamiento de València, en la que reclaman una indemnización por daños y perjuicios al consistorio, por el cierre de la actividad en parte de las áreas del establecimiento de la Marina donde trabajan.

Este centenar de empleados, que laboran en el Marina Beach Club, local perteneciente a Recaba Inversiones Turisticas, han suscrito una demanda colectiva que le hicieron llegar por correo certificado al consistorio el pasado 31 de agosto, porque se sienten perjudicados «por un mal funcionamiento de un servicio público».

En su escrito, los afectados explican que la cuantía de la indemnización «deberá concretarse en el procedimiento-administrativo» que se abra a partir de la denuncia. Asimismo, exigen que se «depuren responsabilidades de toda índole» en las que hayan podido «incurrir» los mandos policiales y el propio concejal de policía local Aarón Cano, en referencia al procedimiento sancionador que finalizó con el cierre del café-cantante del Marina Beah Club.

En el dossier aportado por los denunciantes hay un listado detallado de los 135 trabajadores de este complejo, -con nombres y apellidos, y DNI-, en los que buena parte de ellos, especifica también si está en paro, en ERTE, en reducción de jornada o incluso si ha sido despedido.

El supuesto perjuicio que habría causado la administración local a esta empresa y a estos particulares se recoge en el apartado sexto del dossier que han enviado al Ayuntamiento. «Con independencia de haber sido despedidos -señalan en su reclamación conjunta-, incluidos en un ERTE o haber visto reducida su jornada laboral, todos los denunciantes/ reclamantes están sufriendo un perjuicio económico, puesto que o han perdido sus ingresos provenientes de su trabajo en el establecimiento Marina Beach Club o bien han visto sus ingresos minorados -por su inclusión en ERTE, por la reducción de jornada, por reducción de horas extras o por la suspensión de cobro de beneficios».

La discusión legal y administrativa que motiva el recurso reside en que según argumentan los empleados, la actividad clausurada por la policía local, la de café-cantante que se desarrolla en el Marina Beach Club, sí es legal y se puede llevar a cabo sin cortapisas pese a las restricciones impuestas al sector del ocio y de la noche, por parte de las autoridades, para frenar los contagios por el coronavirus.

Resolución del 17 de agosto

En su reclamación citan la resolución del 17 de agosto, de la Conselleria de Sanitat, que aplica a la Comunitat Valenciana las medidas adoptadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre las medidas de prevención frente a la covid-19.

Según la lectura que hacen los afectados de esa resolución, «las actividades cuya suspensión es acordada por la Generalitat son las actividades de ocio, y en concreto: las discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copa con y sin actuaciones musicales».

En el escrito se especifica que la empresa dispone «de título habilitante para desarrollar la actividad de café-cantante y piscina, con servicio de restauración, que es ofrecido no solo en el edificio cerrado, sino en las terrazas al aire libre, a excepción de la zona dedicada exclusivamente a piscina».

Por tanto, justifican los trabajadores, la actividad de café-cantante, según la ley 14/2010 de la Generalitat, «no es una actividad de ocio sino que es un espectáculo público» y estas actividades, añaden: «no están suspendidas en su funcionamiento, y por tanto, la actividad de café-cantante puede desarrollarse sin limitación» al no estar afectada por la resolución de Sanitat.

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